RESOLUCION, N° 112-2018-SMV/02, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - Modifican el Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa-RESOLUCION-N° 112-2018-SMV/02

EmisorSUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2018

Modifican el Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa

Resolución de Superintendente

Nº 112-2018-SMV/02

Lima, 29 de agosto de 2018

El Superintendente del Mercado de Valores

VISTOS:

El Expediente N° 2018033878, el Informe Conjunto N° 948-2018-SMV/06/11 del 28 de agosto de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados, así como el proyecto de modificación del Anexo N° 15 del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución SMV 031-2012-SMV/01;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SMV N° 031-2012-SMV/01 publicada el 26 de julio de 2012, se aprobó el Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa (en adelante, el Reglamento);

Que, conforme al artículo N° 2 de la Resolución de Superintendente N° 121-2017-SMV/02, publicada el 8 de diciembre de 2017, se aprobó modificar la Condición I de la Sección II del Anexo N° 15 del Reglamento, para incorporar a las “Bats Exchanges”: Bats BZX Exchange, Inc., Bats BYX Exchange, Inc., Bats EDGA Exchange, Inc. y Bats EDGX Exchange, Inc.;

Que, mediante carta EGC-012/2018, del 24 de agosto de 2018, la Bolsa de Valores de Lima (BVL), señala haber tomado conocimiento del cambio de nombre del mercado extranjero BATS a CBOE, precisando que las nuevas denominaciones son: Cboe BZX Exchange, Inc., Cboe BYX Exchange, Inc., Cboe EDGA Exchange, Inc. y Cboe EDGX Exchange, Inc., y solicita realizar los cambios pertinentes en el Anexo N° 15 del Reglamento;

Que, en atención a la solicitud de la BVL y de conformidad con la normativa, resulta necesario modificar la Condición I de la Sección II del...

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