RESOLUCION, N° 180-2018-CD/OSIPTEL, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - Confirman en todos sus extremos la Res. N° 00135-2018-GG/OSIPTEL-RESOLUCION-N° 180-2018-CD/OSIPTEL
Emisor | ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES |
Fecha de la disposición | 17 de Agosto de 2018 |
Confirman en todos sus extremos la Res.
N° 00135-2018-GG/OSIPTEL
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 180-2018-CD/OSIPTEL
Lima, 17 de agosto de 2018
EXPEDIENTE Nº | : | 00031-2017-GG-GSF/PAS |
MATERIA | : | Recurso de Apelación contra la Resolución de Gerencia General N° 00135-2018-GG/OSIPTEL |
ADMINISTRADO | : | ENTEL PERÚ S.A. |
VISTOS:
(i) El Recurso de Apelación presentado por ENTEL PERÚ S.A. (en adelante ENTEL) contra la Resolución N° 00135-2018-GG/OSIPTEL, mediante la cual se le impuso las siguientes sanciones:
Conducta | Incumplimiento | Tipificación | Sanción |
No cumplió la meta general del indicador Tiempo de espera para la atención presencial (TEAP), durante los meses de setiembre a diciembre de 2015, enero, febrero, julio y agosto de 2016. | Artículo 16° y Anexo B del Reglamento de Calidad de atención a usuarios por parte de Operadoras de Servicios de Telefonía Fija y Servicios Públicos Móviles1 (Reglamento de Calidad de Atención) | Artículo 19 del Reglamento de Calidad de Atención | Multa de 51 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) |
No cumplió la meta específica del indicador Tiempo de espera para la atención presencial (TEAPij), durante los meses de marzo a junio de 2016. | Artículo 16° y Anexo B del Reglamento de Calidad de Atención | Artículo 19 del Reglamento de Calidad de Atención | Multa de 51 UIT |
No cumplió la meta general del indicador AVH en su segundo tramo (AVH2), prevista en el Anexo E, durante los meses y canales de atención siguientes: (i) Canal 123: setiembre de 2015 y abril de 2016; y (ii) Canal 144: de setiembre a noviembre de 2015. | Artículo 16° y Anexo B del Reglamento de Calidad de Atención | Artículo 19 del Reglamento de Calidad de Atención | Multa de 51 UIT |
(i) El Informe Nº 00202-GAL/2018 del 10 de agosto de 2018, de la Gerencia de Asesoría Legal, que adjunta el proyecto de Resolución del Consejo Directivo que resuelve el Recurso de Apelación, y
(ii) Los Expedientes N° 00031-2017-GG-GSF/PAS y N° 00024-2017-GSF.
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ANTECEDENTES:
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Mediante Carta C. 00866-GSF/2017, notificada el 20 de setiembre de 2017, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización (en adelante, GSF) comunicó a ENTEL el inicio de un procedimiento administrativo sancionador (en adelante, PAS), por la presunta comisión de las siguientes infracciones:
Conducta Incumplimiento Tipificación Tipo de infracción Incumplimiento de la meta general del indicador TEAP al haber obtenido valores mensuales inferiores a 65%, en los meses de setiembre a diciembre de 2015 y enero, febrero, julio y agosto de 2016 Artículo 16° del Reglamento de Calidad de Atención Artículo 19° del Reglamento de Calidad de Atención Grave Incumplimiento de la meta específica del TEAPij, al haber obtenido valores mensuales inferiores a 40% en 92 oficinas, en los meses de setiembre de 2015 a agosto de 2016 Artículo 16° del Reglamento de Calidad de Atención Artículo 19° del Reglamento de Calidad de Atención Grave Incumplimiento de la meta del indicador AVH segundo tramo AVH2, al haber obtenido valores mensuales inferiores al 75%, en los meses de setiembre 2015 y abril de 2016 para el canal 123 y los meses de setiembre a noviembre de 2015 en el canal 144. Artículo 16° del Reglamento de Calidad de Atención Artículo 19° del Reglamento de Calidad de Atención Grave -
A través del escrito Nº EGR-870/17, recibido el 25 de octubre de 2017, ENTEL presentó sus descargos.
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Mediante la Carta C.00346-GG/2018, notificada el 21 de mayo de 2018, se puso de conocimiento de ENTEL el Informe N° 00219-GSF/2017 (Informe Final de Instrucción), otorgándole cinco (5) días para que presente sus descargos.
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Con fecha 28 de mayo de 2018, mediante escrito N° EGR-704/18, ENTEL presentó sus descargos al Informe Final de Instrucción.
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Mediante Resolución N° 00135-2018-GG/OSIPTEL, notificada el 20 de junio de 2018, la Gerencia General resolvió imponer a ENTEL las siguientes sanciones:
Conducta Incumplimiento Sanción Incumplimiento de la meta general del indicador TEAP al haber obtenido valores mensuales inferiores a 65%, en los meses de setiembre a diciembre de 2015 y enero, febrero, julio y agosto de 2016 Artículo 16° del Reglamento de Calidad de Atención Multa de 51 UIT Incumplimiento de la meta específica del TEAPij, al haber obtenido valores mensuales inferiores a 40% en 92 oficinas, en los meses de marzo a junio de 2016 Artículo 16° del Reglamento de Calidad de Atención Multa de 51 UIT Incumplimiento de la meta del indicador AVH segundo tramo AVH2, al haber obtenido valores mensuales inferiores al 75%, en los meses de setiembre 2015 y abril de 2016 para el canal 123 y los meses de setiembre a noviembre de
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