RESOLUCION, N° 097-2018-SUNEDU/CD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS - Otorgan Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Juliaca-RESOLUCION-N° 097-2018-SUNEDU/CD

EmisorORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
Fecha de la disposición24 de Agosto de 2018

Otorgan Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Juliaca

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO

Nº 097-2018-SUNEDU/CD

Lima, 24 de agosto de 2018

  1. VISTOS:

    La Solicitud de Licenciamiento Institucional con Registro de Trámite Documentario Nº 16705-2016-SUNEDU-TD, presentada el 15 de julio de 2016 por la Universidad Nacional de Juliaca (en adelante, la Universidad), el Informe Técnico de Licenciamiento Nº 022-2018-SUNEDU/02-12 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y el Informe Legal Nº 275-SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

  2. CONSIDERANDO:

    II.1. Antecedentes

    Que, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, la Ley Universitaria), el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento;

    Que, los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu), atribuida al Consejo Directivo, aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades;

    Que, mediante Resolución Nº 006-2015-SUNEDU/CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el “Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano”, que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del proceso de Licenciamiento y el Cronograma - Solicitud de Licenciamiento Institucional1;

    Que, la Universidad fue creada mediante Ley Nº 29074, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 25 de julio de 2007. Posteriormente, el 9 de enero de 2013, mediante Resolución Nº 001-2013-CONAFU se le otorgó la autorización de funcionamiento provisional para brindar servicios educativos de nivel universitario en el distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno;

    Que, el 15 de julio de 2016, la Universidad presentó su Solicitud de Licenciamiento Institucional (en adelante, SLI), de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades Públicas o Privadas con autorización provisional o definitiva, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 007-2015-SUNEDU/CD, vigente a dicha fecha;

    Que, iniciado el procedimiento por Resolución de Trámite Nº 121-2016-SUNEDU-DILIC del 20 de julio de 2016, la Dilic efectuó observaciones a la SLI presentada por la Universidad, que comunicó a través del Oficio Nº 302-2016-SUNEDU/02-12 del 22 de agosto de 2016;

    Que, las observaciones formuladas fueron levantadas el 9 de septiembre de 2016, mediante el Oficio Nº 191-2016/P-CO-UNAJ. Asimismo, a través de dicho oficio, la Universidad solicitó la exclusión de la propuesta de creación del programa de Medicina Humana;

    Que, posteriormente, el 14 de marzo de 2017 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución del Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD, que aprobó las “Medidas de...

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