DECRETO DE ALCALDIA, N° 001-2018-MPH-M/A, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - Reglamentan la delegación de funciones a la Municipalidad del Centro Poblado “Las Tunas”-DECRETO DE ALCALDIA-N° 001-2018-MPH-M/A

Fecha de disposición19 Julio 2018
Fecha de publicación22 Agosto 2018

Reglamentan la delegación de funciones a la Municipalidad del Centro Poblado “Las Tunas”

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 001-2018-MPH-M/A

Matucana, 19 de julio del 2018

EL ALCALDE PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 74º, 194º, y 195º numeral 4) de la Constitución Política del Perú y el artículo 9º numeral de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades”, reconocen a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los artículos 128º al 135º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades” norman el régimen de creación, funcionamiento y elecciones de autoridades y recursos de las Municipalidades de Centros Poblados de su jurisdicción, confiriendo a las Municipalidades Provinciales la facultad de creación y adecuación mediante Ordenanza;

Que, por Acuerdo de Concejo Nº083-2018CM-MPH-M, de fecha 22 de Junio del 2018, se acuerda otorgar las facultades al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, para que por Decreto de Alcaldía, reglamente la delegación de funciones a la Municipalidad del Centro Poblado “Las Tunas” conforme a Ley;

Que, la Ordenanza 004-2002/CM.MPH-M, que tiene rango de ley está vigente, pues en el proceso de adecuación esta no quedó derogada y tampoco colisiona con ninguna norma expedida anterior ni posteriormente a ella, por lo tanto la Municipalidad del Centro Poblado “Las Tunas” se encuentra apta de ejercer los servicios autorizados por la misma : Abastecimiento de Agua Potable y desagüe, limpieza de vías públicas, caminos carrozables y vecinales; alumbrado público y doméstico; postas sanitarias; registros civiles y bibliotecas populares. Sin desmedro de las facultades que le faculte la ley Orgánica de Municipalidades y normas afines y conexas.”;

Que, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 28458, debe recibir apoyo técnico de la Municipalidad Provincial de Huarochirí y de la Municipalidad Distrital de San Antonio;

Que, asimismo, por disposición taxativa del artículo Nº 2 de la Ley Nº 28458, la Municipalidad del Centro Poblado “Las Tunas” está apta para que con recursos propios o aportes de la comunidad ejecute y sostenga obras de diversa índole, manteniendo competencias, funciones y atribuciones inherentes a dichas funciones.

Que, en concordancia con el artículo Nº 133º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades”, las Municipalidades Provinciales y Distritales están obligadas a entregar a las municipalidades de Centros Poblados de su jurisdicción, en proporción a su población y los servicios públicos delegados, en forma mensual, en un porcentaje de los recursos propios y los transferidos por el Gobierno Nacional, para el cumplimiento de la prestación de los servicios públicos delegados.

De conformidad a lo establecido en la Ordenanza Nº 004-2002-CM.MPCH; y al Acuerdo 083-2018-CM/MPH-M y el inc. 6 del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972:

DECRETA:

Artículo Primero Reglamentar la delegación de funciones a la Municipalidad del Centro Poblado “Las Tunas”, conforme a Ley, con la finalidad de implementar y organizar la institución en todos los siguientes ámbitos:

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA ADMINISTRATIVA

La Municipalidad del Centro Poblado Las Tunas deberá contar con una estructura organizativa básica que responda a las nuevas competencias que adquiera por medio de la presente Ordenanza.

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

La Municipalidad del Centro Poblado Las Tunas en su etapa inicial deberá contar...

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