RESOLUCION MINISTERIAL, N° 309-2018-MEM/DM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Crean Comisión Sectorial de Seguimiento de la Ejecución de las Inversiones de los Pliegos Presupuestarios del Sector Energía y Minas-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 309-2018-MEM/DM

Fecha de disposición17 Agosto 2018
Fecha de publicación20 Agosto 2018
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Crean Comisión Sectorial de Seguimiento de la Ejecución de las Inversiones de los Pliegos Presupuestarios del Sector Energía y Minas

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 309-2018-MEM/DM

Lima, 17 de agosto de 2018

VISTOS: El Informe Nº 161-2018-MEM-OGP/PIC, de fecha 08 de agosto de 2018, de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 788-2018/MEM-OGJ, de fecha 15 de agosto de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 22.2 del artículo 2 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los Ministerios establecen, diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas;

Que, el numeral 2 del artículo 25 de la citada Ley, establece que corresponde a los Ministros de Estados, entre otras funciones, aprobar la propuesta de presupuesto de las entidades de su sector y supervisar su ejecución;

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Comisiones del Poder Ejecutivo se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades;

Que, el numeral 1 del artículo 36 de la citada Ley, establece que las Comisiones Sectoriales son de naturaleza temporal, creada con fines específicos para cumplir funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes; se crean formalmente mediante resolución ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden;

Que, al artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, es la responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público, para cuyo efecto, entre otras atribuciones, controla la información de la ejecución de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modificaciones;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252, se crea el Sistema...

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