RESOLUCION JEFATURAL N° 241-2018-INEI - Apruean Índices Unificados de Precios para las seis Áreas Geográficas correspondientes al mes de Julio de 2018

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición18 de Agosto de 2018
40 NORMAS LEGALES Sábado 18 de agosto de 2018 /
El Peruano
veces. En estos casos, la entidad deberá actualizar su
CAPP y publicarlo mediante resolución de su titular;
Que, en tal sentido, mediante los
Informes Nº 095-2018-SUTRAN/05.1.4 y Nº
101-2018-SUTRAN/05.1.14, la Unidad de Recursos
Humanos formula y sustenta la propuesta de
Reordenamiento de Cargos del Cuadro para Asignación
de Personal de la SUTRAN, indicando que resulta
necesario regularizar el registro AIRHSP del servidor
Félix Eduardo Ricaldi Fabian, incorporado por mandato
judicial bajo el régimen laboral regulado por el Decreto
Legislativo Nº 728; asimismo, en atención a los nes
operativos y funcionales de los órganos de la Entidad
corresponde habilitar el cargo de Ejecutor Coactivo,
ello en atención a lo previsto en la normativa sobre la
materia;
Que, contando con la opinión técnica especializada
favorable de la Unidad de Planeamiento y Modernización,
a través del Informe Nº 063-2018-SUTRAN/04.2.1,
y la conformidad de la Ocina de Planeamiento y
Presupuesto, como es de verse del Memorando Nº
1154-2018-SUTRAN/04.2, corresponde emitir el acto
resolutivo pertinente;
Que, por otro lado, según lo establecido en el literal
j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento
General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-
PCM: “Para efectos del Sistema Administrativo de
Gestión de Recursos Humanos, se entiende que
el Titular de la entidad es la máxima autoridad
administrativa de una entidad pública”. Definición que
también es recogida por el literal g) del numeral 4.3
de la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH “Normas
para gestión del proceso de administración de puestos,
elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la
Entidad –CPE”;
Que, el artículo 10º del Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) de la SUTRAN, aprobado mediante
Gerente General es la máxima autoridad administrativa
de la entidad y es competente para “emitir resoluciones
(…) en materia de su competencia”;
Que, en mérito a las consideraciones expuestas, con
el visto bueno de la Unidad de Recursos Humanos, de la
Unidad de Planeamiento y Modernización, de la Ocina de
Planeamiento y Presupuesto y de la Ocina de Asesoría
Jurídica, y al no constituir el CAPP un instrumento gestión
sino un documento de gestión temporal, resulta viable la
aprobación del Reordenamiento de Cargos del CAPP de
la SUTRAN mediante el acto resolutivo de la Gerencia
General;
Que, de conformidad con la Ley N° 29380, Ley
de Creación de la Superintendencia de Transporte
Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN,
el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de
la SUTRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-
2015-MTC, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 304-2015-SERVIR-PE que aprueba la Directiva Nº
002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión
del proceso de administración de puestos, elaboración
y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad
CPE”, modicada y actualizada mediante Resolución de
Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR el Reordenamiento de
Cargos del Cuadro para Asignación de Personal
Provisional de la Superintendencia de Transporte
Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN,
conforme al Anexo que forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de
Gerencia General Nº 027-2018-SUTRAN/01.3.
Artículo 3º.- DISPONER que la Unidad de Recursos
Humanos de la Ocina de Administración de la SUTRAN
adopte las acciones necesarias, a n de implementar lo
dispuesto por la presente resolución.
Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente
Resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia
de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías
– SUTRAN (www.sutran.gob.pe), el mismo día de su
publicación en el Diario Ocial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN QUESADA CHIARELLA
Gerente General
1681669-1
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Índices Unificados de Precios para
las seis Áreas Geográficas correspondientes
al mes de Julio de 2018
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 241-2018-INEI
Lima, 16 de agosto de 2018
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición
Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de
18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo
de Reajuste de Precios de la Construcción;
Que, asimismo la Undécima Disposición
Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley,
dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e
Informática (INEI) las funciones de elaboración de los
Índices de los elementos que determinen el costo de las
Obras;
Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos
ha elaborado el Informe Nº 02-07-2018/DTIE, referido a los
Índices Unicados de Precios para las Áreas Geográcas
1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de Julio de 2018
y que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica
para la Aprobación de los Índices Unicados de Precios
de la Construcción, por lo que resulta necesario expedir la
Resolución Jefatural correspondiente, así como disponer
su publicación en el Diario Ocial El Peruano, y;
Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística;
de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de
la Ocina Técnica de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Índices Unicados de
Precios (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas
Geográcas correspondientes al mes de Julio de 2018,
que se indican en el cuadro siguiente:
ÁREAS GEOGRÁFICAS
Cód. 1 2 3 4 5 6 Cód. 1 2 3 4 5 6
01 957,83 957,83 957,83 957,83 957,83 957,83 02 532,40 532,40 532,40 532,40 532,40 532,40
03 512,37 512,37 512,37 512,37 512,37 512,37 04 547,19 936,14 1036,46 589,75 365,28 751,32
05 453,63 216,64 425,85 605,75 (*) 619,23 06 944,94 944,94 944,94 944,94 944,94 944,94
Firmado Digitalmente por:
EDITORA PERU
Fecha: 18/08/2018 04:36:29

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