RESOLUCION MINISTERIAL, N° 283-2018-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Determinan a la Municipalidad Distrital de Usquil como entidad beneficiaria de bienes y activos de proyecto, a ser transferidos por la Asociación Civil “Fondo Social Alto Chicama”-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 283-2018-VIVIENDA
Fecha de disposición | 16 Agosto 2018 |
Fecha de publicación | 17 Agosto 2018 |
Determinan a la Municipalidad Distrital de Usquil como entidad beneficiaria de bienes y activos de proyecto, a ser transferidos por la Asociación Civil “Fondo Social Alto Chicama”
RESOLUCIóN MINISTERIAL
Nº 283-2018-VIVIENDA
Lima, 16 de agosto del 2018
VISTOS: Las Cartas Nº 259-2018-ACFSACH y Nº 695-2018-ACFSACH de la Asociación Civil “Fondo Social Alto Chicama”; el Informe N° 99-2018-VIVIENDA/VMCS/ DGPPCS/DEPPCS de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; el Informe N° 155-2018-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 690-2018-VIVIENDA/OGAJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 996, se aprueba el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada, en la ejecución de programas sociales;
Que, de acuerdo al numeral 4.1 del artículo 4 de dicho Decreto Legislativo, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN incorpora los recursos de los programas de carácter social provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada en la fuente de financiamiento, Donaciones y Transferencias y los transfiere a una persona jurídica que se constituye como Fondo Social;
Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo en mención establece que, una vez concluida la ejecución de los proyectos de carácter social, el Fondo Social procederá a su transferencia en favor de las entidades beneficiarias públicas y privadas sin fines de lucro, las cuales serán determinadas mediante Resolución Ministerial del sector al que el Fondo Social haya identificado que corresponde dicha transferencia;
Que, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 996, el 5 de junio del año 2009 se suscribe el Convenio de transferencia de recursos y otros entre la Asociación Civil “Fondo Social Alto Chicama”, como titular del Fondo Social, derivado de las actividades relacionadas con los procesos de promoción de la inversión privada, y el Estado Peruano...
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