RESOLUCION MINISTERIAL, N° 278-2018-MINCETUR, PODER EJECUTIVO, COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - Aprueban como empresa calificada, para efectos del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa COMPAÑÍA IHC S.A.C., por el desarrollo del denominado proyecto “Hotel Boutique IHC”-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 278-2018-MINCETUR

EmisorCOMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2018

Aprueban como empresa calificada, para efectos del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa COMPAÑÍA IHC S.A.C., por el desarrollo del denominado proyecto “Hotel Boutique IHC”

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° 278-2018-MINCETUR

Lima, 1 de agosto de 2018

VISTOS, el Oficio N° 784-2018/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, el Oficio N° 1777-2018-EF/13.01 del Ministerio de Economía y Finanzas y el Memorándum N° 643-2018-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del citado Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada contrato;

Que, el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, concordado con el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 973, establece que mediante Resolución Ministerial se precisará, entre otros aspectos, la cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del IGV;

Que, con fecha 24 de julio de 2018, la empresa COMPAÑÍA IHC S.A.C. celebró, en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el denominado proyecto “Hotel Boutique IHC”, en adelante, el Proyecto, para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, tal y como lo dispone el artículo 3 de la referida norma legal;

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Oficio N° 1777-2018-EF/13.01, el cual acompaña...

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