ORDENANZA, Nº 015-2018, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO - Establecen beneficios de reducción en los pagos de deudas administrativas derivadas del levantamiento de infracciones en materia de transporte y tránsito terrestre levantadas en la Provincia Constitucional del Callao-ORDENANZA-Nº 015-2018
Emisor | MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO |
Fecha de la disposición | 31 de Julio de 2018 |
Establecen beneficios de reducción en los pagos de deudas administrativas derivadas del levantamiento de infracciones en materia de transporte y tránsito terrestre levantadas en la Provincia Constitucional del Callao
Ordenanza Municipal
Nº 015-2018
Callao, 31 de julio de 2018
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
POR CUANTO:
El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confieren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado, en el artículo 194 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y el artículo 195 señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 8 indica que compete al Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos y en el artículo 81 inciso 1, numeral 1.4, indica que las municipalidades, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, ejercen las funciones de normar y regular el transporte público, entre otros;
Que, la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre Nº 27181, en el artículo 17, numeral 17.1, literal a), señala que las municipalidades provinciales en su respectiva jurisdicción y de conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales, tienen competencia en materia de transporte y tránsito terrestre para emitir las normas y disposiciones, así como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial;
Que, la presente Ordenanza tiene como antecedentes el Memorando N° 4383-2018-MPC-GGTU de la Gerencia General de Transporte Urbano y el Memorando N°...
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