RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 167-2018-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Cusco-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 167-2018-CE-PJ

Fecha de disposición25 Junio 2018
Fecha de publicación27 Julio 2018
SecciónSección Única

Disponen medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Cusco

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 167-2018-CE-PJ

Lima, 25 de junio de 2018

VISTOS:

El Oficio Nº 594-2018-UETI-CPP/PJ, cursado por el Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y el Oficio Nº 12-2018-CED-CSJCU/PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, respecto a la solicitud y propuesta de redistribución de la carga procesal en trámite por delitos contra el medio ambiente de la Provincia de Cusco.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, mediante el oficio señalado en los vistos, solicita a este Órgano de Gobierno la redistribución de la carga procesal en trámite por delitos contra el medio ambiente del 2º Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Cusco al 5º Juzgado Penal Unipersonal Permanente Sub Especializado en Proceso Inmediato de Cusco, con la finalidad de continuar brindando la adecuada implementación del Nuevo Código Procesal Penal en el mencionado Distrito Judicial, sustentado su pedido en razones de carga procesal y las audiencias realizadas.

Segundo. Que, por lo expuesto en el Informe Nº 026-2018-MYE-ST-UETI-CPP/PJ, emitido por la Secretaría Técnica a través del Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.

Tercero. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley...

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