RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 182-2018-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Establecen reglas, respecto de la competencia de las salas penales en los casos de corrupción de funcionarios, cuando existen juzgados supraprovinciales especializados y salas descentralizadas-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 182-2018-CE-PJ

Fecha de disposición04 Julio 2018
Fecha de publicación27 Julio 2018
SecciónSección Única

Establecen reglas, respecto de la competencia de las salas penales en los casos de corrupción de funcionarios, cuando existen juzgados supraprovinciales especializados y salas descentralizadas

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 182-2018-CE-PJ

Lima, 4 de julio de 2018

VISTOS:

El Oficio Nº 293-2018-CN-SEDCF/PJ y el Informe Nº 10-2018-CN-SEDCF/PJ, remitidos por la señora Jueza Superior Coordinadora Nacional del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 001-2018-CE-PJ, de fecha 10 de enero de 2018, entre otras medidas, se dispuso la creación de un Juzgado de Investigación Preparatoria y un Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios en los Distritos Judiciales de Ancash, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Piura y Puno, así como un Juzgado de Investigación Preparatoria en los Distritos Judiciales de Arequipa y Cusco, y un Juzgado Penal Unipersonal en los Distritos Judiciales del Santa y Ucayali. Asimismo, se dispuso la conversión de cuatro Juzgados Liquidadores en Juzgados Especializados en la citada materia en los Distritos Judiciales de Ayacucho, Apurímac y Junín, y el cambio de denominación de cuatro órganos jurisdiccionales ordinarios a especializados en el Distrito Judicial de Huánuco. Estos órganos jurisdiccionales iniciaron sus funciones el 1 de marzo de 2018.

Segundo. Que por Resolución Administrativa Nº 117-2018-CE-PJ, del 25 de abril de 2018, se modificó el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 001-2018-CE-PJ, disponiéndose las medidas administrativas que deben adoptar los Presidentes de diversas Cortes Superiores en sus respectivos Distritos Judiciales, en relación con el trámite y distribución de los procesos penales en etapa intermedia y juzgamiento.

Tercero. Que, con posterioridad, la Coordinadora Nacional del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en el ejercicio de sus funciones previstas en la Resolución Administrativa Nº 024-2017-CE-PJ, emite el Informe Nº 10-2018-CN-SEDCF/PJ, a través del cual advierte la problemática que se viene suscitando respecto de la competencia del órgano jurisdiccional superior que conocerá...

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