RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 182-2018-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Establecen reglas, respecto de la competencia de las salas penales en los casos de corrupción de funcionarios, cuando existen juzgados supraprovinciales especializados y salas descentralizadas-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 182-2018-CE-PJ
Fecha de disposición | 04 Julio 2018 |
Fecha de publicación | 27 Julio 2018 |
Sección | Sección Única |
Establecen reglas, respecto de la competencia de las salas penales en los casos de corrupción de funcionarios, cuando existen juzgados supraprovinciales especializados y salas descentralizadas
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 182-2018-CE-PJ
Lima, 4 de julio de 2018
VISTOS:
El Oficio Nº 293-2018-CN-SEDCF/PJ y el Informe Nº 10-2018-CN-SEDCF/PJ, remitidos por la señora Jueza Superior Coordinadora Nacional del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios.
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 001-2018-CE-PJ, de fecha 10 de enero de 2018, entre otras medidas, se dispuso la creación de un Juzgado de Investigación Preparatoria y un Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios en los Distritos Judiciales de Ancash, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Piura y Puno, así como un Juzgado de Investigación Preparatoria en los Distritos Judiciales de Arequipa y Cusco, y un Juzgado Penal Unipersonal en los Distritos Judiciales del Santa y Ucayali. Asimismo, se dispuso la conversión de cuatro Juzgados Liquidadores en Juzgados Especializados en la citada materia en los Distritos Judiciales de Ayacucho, Apurímac y Junín, y el cambio de denominación de cuatro órganos jurisdiccionales ordinarios a especializados en el Distrito Judicial de Huánuco. Estos órganos jurisdiccionales iniciaron sus funciones el 1 de marzo de 2018.
Segundo. Que por Resolución Administrativa Nº 117-2018-CE-PJ, del 25 de abril de 2018, se modificó el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 001-2018-CE-PJ, disponiéndose las medidas administrativas que deben adoptar los Presidentes de diversas Cortes Superiores en sus respectivos Distritos Judiciales, en relación con el trámite y distribución de los procesos penales en etapa intermedia y juzgamiento.
Tercero. Que, con posterioridad, la Coordinadora Nacional del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en el ejercicio de sus funciones previstas en la Resolución Administrativa Nº 024-2017-CE-PJ, emite el Informe Nº 10-2018-CN-SEDCF/PJ, a través del cual advierte la problemática que se viene suscitando respecto de la competencia del órgano jurisdiccional superior que conocerá...
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