DECRETO SUPREMO, N° 011-2018-MINAGRI, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para la Declaratoria de Veda a la Extracción de Especies Nativas de Flora y Fauna Silvestre-DECRETO SUPREMO-N° 011-2018-MINAGRI
Emisor | AGRICULTURA |
Fecha de la disposición | 24 de Julio de 2018 |
Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para la Declaratoria de Veda a la Extracción de Especies Nativas de Flora y Fauna Silvestre
DECRETO SUPREMO
Nº 011-2018-minagri
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado a Ministerio de Agricultura y Riego por la Ley Nº 30048, este Ministerio es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; tiene como ámbito de competencia, entre otros, la flora y fauna;
Que, el artículo 1 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, en adelante LFFS, señala que la citada Ley tiene la finalidad de promover la conservación, la protección, el incremento y el uso sostenible del patrimonio forestal y de fauna silvestre dentro del territorio nacional, integrando su manejo con el mantenimiento y mejora de los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre;
Que, conforme al artículo 42 de la LFFS, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, a iniciativa propia o a solicitud de la autoridad regional forestal y de fauna silvestre, propone la declaratoria de vedas por plazo determinado, por especies, por ámbitos geográficos definidos o por una combinación de ambos, a la extracción de especies nativas de flora y fauna silvestre, cuyo aprovechamiento no sea sostenible o en casos en que otras medidas de regulación y control no resulten eficaces; dispone asimismo que el reglamento establece las condiciones y criterios para el establecimiento y aplicación de las vedas;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 142 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, y el artículo 117 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, la declaratoria de veda, se aprueba por Decreto Supremo refrendado por el MINAGRI y por el MINAM;
Que, igualmente, la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, y a la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, disponen que el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI y el Ministerio del Ambiente - MINAM, aprueban los lineamientos para la declaratoria de vedas;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto mediante Resolución Ministerial N° 0382-2017-MINAGRI, de fecha 25 de setiembre de 2017, se publicó en el Portal Institucional del MINAGRI y del SERFOR, durante el periodo de treinta (30) días hábiles, el proyecto de decreto supremo conjuntamente con los lineamientos para la declaratoria de veda a la extracción de especies nativas de flora y fauna silvestre, materia de aprobación, así como su exposición de motivos, con la finalidad de recibir sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organismos de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas en el tema; sin haberse recibido sugerencia alguna;
En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; y, el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego;
DECRETA:
Apruébanse los Lineamientos para la declaratoria de veda a la extracción de especies nativas de flora y fauna silvestre, documento que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
El presente Decreto Supremo y los Lineamientos para la declaratoria de veda a la extracción de especies nativas de flora y fauna silvestre, son publicados en el Diario Oficial El Peruano y en los Portales Institucionales del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe) y del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe).
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego y la Ministra del Ambiente.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA
Ministro de Agricultura y Riego
FABIOLA MUÑOZ DODERO
Ministra del Ambiente
LINEAMIENTOS PARA LA DECLARATORIA DE VEDA A LA EXTRACCIÓN DE ESPECIES NATIVAS DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE
Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer...
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