DECRETO SUPREMO, N° 011-2018-MINAGRI, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para la Declaratoria de Veda a la Extracción de Especies Nativas de Flora y Fauna Silvestre-DECRETO SUPREMO-N° 011-2018-MINAGRI

EmisorAGRICULTURA
Fecha de la disposición24 de Julio de 2018

Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para la Declaratoria de Veda a la Extracción de Especies Nativas de Flora y Fauna Silvestre

DECRETO SUPREMO

Nº 011-2018-minagri

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado a Ministerio de Agricultura y Riego por la Ley Nº 30048, este Ministerio es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; tiene como ámbito de competencia, entre otros, la flora y fauna;

Que, el artículo 1 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, en adelante LFFS, señala que la citada Ley tiene la finalidad de promover la conservación, la protección, el incremento y el uso sostenible del patrimonio forestal y de fauna silvestre dentro del territorio nacional, integrando su manejo con el mantenimiento y mejora de los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre;

Que, conforme al artículo 42 de la LFFS, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, a iniciativa propia o a solicitud de la autoridad regional forestal y de fauna silvestre, propone la declaratoria de vedas por plazo determinado, por especies, por ámbitos geográficos definidos o por una combinación de ambos, a la extracción de especies nativas de flora y fauna silvestre, cuyo aprovechamiento no sea sostenible o en casos en que otras medidas de regulación y control no resulten eficaces; dispone asimismo que el reglamento establece las condiciones y criterios para el establecimiento y aplicación de las vedas;

Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 142 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, y el artículo 117 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, la declaratoria de veda, se aprueba por Decreto Supremo refrendado por el MINAGRI y por el MINAM;

Que, igualmente, la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, y a la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, disponen que el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI y el Ministerio del Ambiente - MINAM, aprueban los lineamientos para la declaratoria de vedas;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto mediante Resolución Ministerial N° 0382-2017-MINAGRI, de fecha 25 de setiembre de 2017, se publicó en el Portal Institucional del MINAGRI y del SERFOR, durante el periodo de treinta (30) días hábiles, el proyecto de decreto supremo conjuntamente con los lineamientos para la declaratoria de veda a la extracción de especies nativas de flora y fauna silvestre, materia de aprobación, así como su exposición de motivos, con la finalidad de recibir sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organismos de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas en el tema; sin haberse recibido sugerencia alguna;

En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; y, el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego;

DECRETA:

Artículo 1 Aprobación de los Lineamientos para la declaratoria de veda a la extracción de especies nativas de flora y fauna silvestre

Apruébanse los Lineamientos para la declaratoria de veda a la extracción de especies nativas de flora y fauna silvestre, documento que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2 Publicación

El presente Decreto Supremo y los Lineamientos para la declaratoria de veda a la extracción de especies nativas de flora y fauna silvestre, son publicados en el Diario Oficial El Peruano y en los Portales Institucionales del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe) y del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe).

Artículo 3 Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego y la Ministra del Ambiente.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA

Ministro de Agricultura y Riego

FABIOLA MUÑOZ DODERO

Ministra del Ambiente

LINEAMIENTOS PARA LA DECLARATORIA DE VEDA A LA EXTRACCIÓN DE ESPECIES NATIVAS DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 15
Artículo 1 Objeto

Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR