RESOLUCION, Nº 0493-2018-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman la Res. N° 00176-2018-JEE-ICA0/JNE, que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Distrital de San José de los Molinos, provincia y departamento de Ica-RESOLUCION-Nº 0493-2018-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición17 de Julio de 2018

Confirman la Res. Nº 00176-2018-JEE-ICA0/JNE, que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Distrital de San José de los Molinos, provincia y departamento de Ica

RESOLUCIÓN Nº 0493-2018-JNE

Expediente Nº ERM.2018018510

SAN JOSÉ DE LOS MOLINOS - ICA - ICA

JEE ICA (ERM.2018017852)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, tres de julio de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Jorge Luis Carmona Rayme, personero legal titular de la organización política Alianza para el Progreso, reconocido por el Jurado Electoral Especial de Ica, en contra de la Resolución Nº 00176-2018-ICA0/JNE, del 22 de junio de 2018, que declaró improcedente la lista de candidatos de la mencionada organización política, para participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, para el Concejo Distrital de San José de los Molinos, provincia y departamento de Ica.

ANTECEDENTES

Con fecha 19 de junio de 2018, Jorge Luis Carmona Rayme, personero legal titular de la organización política Alianza para el Progreso, presentó ante el Jurado Electoral Especial de Ica (en adelante, JEE) la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para las elecciones municipales por el distrito de San José de los Molinos, provincia y departamento de Ica, con el fin de participar en las Elecciones Regionales y Municipales de 2018 (fojas 3 a 6).

Mediante Resolución Nº 00176-2018-JEE-ICA0/JNE, de fecha 22 de junio de 2018 (fojas 131 a 133), el JEE declaró improcedente la lista de candidatos para participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, para el Concejo Distrital de San José de los Molinos, por la falta de un requisito de ley insubsanable, debido a que:

  1. En la solicitud presentada por el personero legal titular de la organización política Alianza para el Progreso, se advierte que la solicitud de inscripción de la lista de candidatos presentada tiene entre sus candidatos a cuatro (4) mujeres y un (1) hombre, el señor Alberto Gómez Bautista.

  2. Conforme a lo establecido en la Resolución Nº 0089-2018-JNE, los regidores para el distrito de San José de los Molinos está compuesto por cinco (5) personas; de la misma manera dispone que, en caso de que los regidores sean cinco, dos de ellos deben ser de sexo femenino o masculino, a fin de garantizar la cuota de género.

  3. Se tiene que la lista presentada no cumple con la cuota de género, lo...

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