ACUERDO, Nº 47-2018-ACSS, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO - Declaran desfavorable petición de cambio de zonificación de parte de lote acumulado en la Urbanización Los Morochucos del distrito-ACUERDO-Nº 47-2018-ACSS
Fecha de disposición | 06 Julio 2018 |
Fecha de publicación | 11 Julio 2018 |
Declaran desfavorable petición de cambio de zonificación de parte de lote acumulado en la Urbanización Los Morochucos del distrito
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 47-2018-ACSS
Santiago de Surco, 6 de julio de 2018
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha;
VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 06-2018-CDU-CAJ-MSS, de las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 1245-2018-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorándum Nº 472-2018-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 515-2018-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 047-2018-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Técnico Nº 47-2018-MVG, el Informe Nº 170-2018-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Memorándum Nº 790-2018-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, el DS Nº 2188362018, entre otros documentos, sobre propuesta de cambio de zonificación.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de conformidad con el numeral 5) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal, “Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de las Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos, y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial”. Asimismo, el Artículo 41º de la acotada norma, establece que “Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del...
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