INVESTIGACION, Nº 350-2013-LIMA, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Sancionan con destitución a Jefe de la Mesa de Partes de los Juzgados de Paz Letrado, sede Puno y Carabaya, Corte Superior de Justicia de Lima-INVESTIGACION-Nº 350-2013-LIMA

Fecha de disposición08 Julio 2018
Fecha de publicación08 Julio 2018
SecciónSección Única

Sancionan con destitución a Jefe de la Mesa de Partes de los Juzgados de Paz Letrado, sede Puno y Carabaya, Corte Superior de Justicia de Lima

INVESTIGACIÓN N° 350-2013-LIMA

Lima, diez de abril de dos mil dieciocho.

VISTA:

La Investigación número trescientos cincuenta guión dos mil trece guión Lima, que contiene la propuesta de destitución del señor Carlos Alberto Iriarte Pizarro, por su desempeño como Jefe de la Mesa de Partes de los Juzgados de Paz Letrado, sede Puno y Carabaya, Corte Superior de Justicia de Lima, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número cuarenta y uno, de fecha dieciséis de enero de dos mil diecisiete; de fojas mil ciento dieciocho a mil ciento veinticinco.

CONSIDERANDO:

Primero. Que la imputación sostenida contra el señor Carlos Alberto Iriarte Pizarro, en su desempeño como Jefe de Mesa de Partes de los Juzgados de Paz Letrado, sede Puno y Carabaya, Corte Superior de Justicia de Lima, radica en haber direccionado los juzgados vía función de desprogramación de turnos (desactivando temporalmente un solo juzgado y manteniendo los demás activos, para permitir el ingreso de denuncias penales, demandas, solicitudes cautelares y exhortos); y manipular el Sistema Integrado Judicial, con el único propósito de vulnerar el ingreso aleatorio de los Expedientes Nros. 1942-2012 y 4427-2012. Así como, haber direccionado expedientes vía ingreso por prevención (demandas, denuncias penales, solicitudes cautelares y exhortos) a un predeterminado juzgado, adulterando de esta forma el modo aleatorio del Sistema Integrado Judicial, con el único propósito de vulnerar el ingreso aleatorio de los Expedientes Nºs. 5119-2011, 5892-2011, 5911-2011, 6053-2011, 6055-2011; y 6057-2011.

Segundo. Que, respecto al primer cargo imputado, “haber direccionado los juzgados vía función de desprogramación de turnos (desactivando temporalmente un solo juzgado y manteniendo los demás activos, para permitir el ingreso de denuncias penales, demandas, solicitudes cautelares y exhortos); y manipular el Sistema Integrado Judicial con el único propósito de vulnerar el ingreso aleatorio de los Expedientes Nros. 1942-2012 y 4427-2012”. Dicha imputación se corrobora con las conclusiones arribadas en el Informe N° 010-2012-ELL/USIS, de fojas 19, emitido por el señor Erik Luján Lanfranchi, Analista de la Unidad de Sistemas, en el que se consigna lo siguiente: “Se aprecia el direccionamiento de expediente a un juzgado determinado, desactivación de todos los juzgados y...

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