RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 169-2018-CE-PJ - Prorrogan el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios en diversas Cortes Superiores de Justicia y dictan otras medidas administrativas

Fecha de disposición04 Julio 2018
Fecha de publicación04 Julio 2018
SecciónSección Única
34 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de julio de 2018 /
El Peruano
Institucional del Código Procesal Penal; y el Ocio N°
21101-2017-P-CSJSU-PJ, remitido por el Presidente de
la Corte Superior de Justicia de Piura.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Piura solicitó la creación del Segundo
Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, conformado
por el Primer, Tercero y Sexto Juzgado Penal Unipersonal
de la provincia de Piura; con la nalidad de concluir los
procesos que se tramitan en el Juzgado Penal Colegiado
Supraprovincial.
Segundo. Que, del Informe N° 041-2018-MYE-ST-
UETICPP/PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y
Evaluación de la Unidad del Equipo Técnico Institucional
del Código Procesal Penal, se advierte que en el Juzgado
Penal Colegiado Supraprovincial y en los Juzgados
Penales Unipersonales existe elevada carga procesal; y
una programación de audiencias para el Juzgado Penal
Colegiado Supraprovincial hasta el mes de diciembre del
2018 y para los Juzgados Penales Unipersonales hasta el
mes de octubre de 2018.
Tercero. Que, por lo expuesto en el Informe antes
referido, y considerando que este Poder del Estado tiene
como política institucional adoptar medidas en aras de un
óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando
a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en
necesario dictar las disposiciones que permita coadyuvar
al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades
del servicio y a los limitados recursos existentes para
dicho propósito.
Cuarto. Que conforme a lo dispuesto en los incisos
24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado
de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y
atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear,
reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modicar sus
ámbitos de competencia territorial; asi como, la adopción
de acuerdos y demás medidas necesarias para que las
dependencias de este Poder del Estado funcionen con
celeridad y eciencia.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 382-2018
de la décima cuarta del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los
señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Ruidías Farfán,
Vera Meléndez y Angulo Arana, sin la intervención del
señor Consejero Lama More por encontrarse de licencia;
en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear, en vía de regularización, el
Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Conformado del
Distrito Judicial de Piura, el mismo que estará integrado
en adición de sus funciones por el Primer, Tercero y Sexto
Juzgado Penal Unipersonal de la provincia y Distrito
Judicial de Piura, desde el 1 de mayo al 30 de setiembre
de 2018.
Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la
Corte Superior de Justiciade Piura y a la Gerente General
del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia,
adoptar las acciones y medidas administrativas que sean
necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente
resolución.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Ocina de Control de la
Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del
Código Procesal Penal, Ministerio Público, Presidencia
de la Corte Superior de Justicia de Piura;y a la Gerencia
General del Poder Judicial, para su conocimiento y nes
consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO
Presidente
1665713-1
Prorrogan el funcionamiento de órganos
jurisdiccionales transitorios en diversas
Cortes Superiores de Justicia y dictan otras
medidas administrativas
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 169-2018-CE-PJ
Lima, 25 de junio de 2018
VISTOS:
El Ocio N° 418-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ que adjunta
el Informe 042-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados
por el Jefe de la Ocina de Productividad Judicial; así
como; el Ocio N° 262-2018-P-ETII.NLPT-CE-PJ, de la
Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de
Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo,
respecto a las propuestas de prórroga de órganos
jurisdiccionales transitorios a cargo de la Comisión
Nacional de Productividad Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, por Resoluciones Administrativas
Nros. 338-2017-CE-PJ, 373-2017-CE-PJ, 012-2018-CE-
PJ y 037-2018-P-CE-PJ, se prorrogó hasta el 31 de
mayo de 2018, el funcionamiento de diversos órganos
jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la
competencia de la Comisión Nacional de Productividad
Judicial; disponiéndose, además, que las Comisiones
Distritales de Productividad Judicial cumplan con
monitorear el funcionamiento de la producción de
los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga
procesal; así como, emitir informe de la labor realizada por
los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios.
Segundo. Que, la Resolución Administrativa
245-2014-CE-PJ del 16 de setiembre de 2014, dispuso que
la Comisión Nacional de Productividad Judicial tenga bajo
su competencia el seguimiento, monitoreo y propuestas
de creación, prórroga, conversión y/o reubicación de los
órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios a nivel
nacional bajo función estándar, que tramitan expedientes
bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo y la liquidación
con el anterior modelo laboral; así como, los liquidadores
penales del antiguo régimen procesal, lo cual resulta
concordante con lo establecido en el literal i) del numeral
6.2 de la Directiva N° 013-2014-CE-PJ, “Lineamientos
Integrados y Actualizados para el Funcionamiento de
las Comisiones Nacional y Distritales de Productividad
Judicial y de la Ocina de Productividad Judicial”,
aprobada por Resolución Administrativa N° 419-2014-CE-
PJ; así como, con lo dispuesto en el inciso 3) del artículo
18° del Reglamento de Organización y Funciones del
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobado con
Resolución Administrativa N° 286-2016-CE-PJ.
Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa N°
185-2016-CE-PJ del 20 de julio de 2016, se aprobaron
a partir del 1 de setiembre de 2016, los nuevos
estándares de expedientes resueltos para los órganos
jurisdiccionales ubicados en las sedes principales de las
Cortes Superiores de Justicia del país; así como, para
los órganos jurisdiccionales que se encuentran fuera de
la sede principal de las Cortes Superiores de Justicia del
país, ubicados en las Zonas A, B y C.
Cuarto. Que, el Jefe de la Ocina de Productividad
Judicial por Ocio N° 418-2018-OPJ-CNPJ-CE-PJ, elevó
a este Órgano de Gobierno el Informe N° 042-2018-OPJ-
CNPJ-CE/PJ, sobre la propuesta de prórroga de órganos
jurisdiccionales transitorios de las Cortes Superiores
de Justicia de Ancash, Arequipa, Ayacucho, Huánuco,
Huaura, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este,
Lima Sur, Loreto, Piura, San Martín y Sullana, con plazo
de funcionamiento hasta el 31 de mayo de 2018, cuya
evaluación se efectuó en base a la información estadística
registrada y disponible en los Sistemas Informáticos del
Poder Judicial, correspondiente al período de enero
a marzo de 2018, considerando que el avance ideal al
mes de marzo de cada año debe ser el 18% del estándar
anual. Al respecto, mediante Resolución Administrativa
Firmado Digitalmente por:
EDITORA PERU
Fecha: 04/07/2018 04:34:41

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