RESOLUCION, Nº143-2018-MINAGRI-SERFOR-DE, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Establecen el Bosque Local "Los Conquistadores" en el distrito de Mazán, provincia de Maynas, departamento de Loreto-RESOLUCION-Nº143-2018-MINAGRI-SERFOR-DE

EmisorAGRICULTURA
Fecha de la disposición22 de Junio de 2018

Establecen el Bosque Local “Los Conquistadores” en el distrito de Mazán, provincia de Maynas, departamento de Loreto

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA

Nº 143-2018-MINAGRI-SERFOR-DE

Lima, 21 de junio de 2018

VISTO:

El Informe Técnico Legal N° 063-2017-GRL-GGR-ARA-DEFFS-DER/OAJ, de fecha 05 de noviembre de 2017 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Ejecutiva Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Loreto, mediante el cual se realiza la evaluación de la propuesta de establecimiento del Bosque Local “Los Conquistadores”; el Informe Técnico N° 141-2018-SERFOR/DGIOFFS-DCZO, de fecha 27 de abril de 2018 de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y el Informe Legal N° 123-2018-MINAGRI-SERFOR-SG/OGAJ, de fecha 29 de mayo de 2018 de la Oficina General de Asesoría Jurídica del SERFOR, y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, el artículo 20 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece que en el marco de lo dispuesto en la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y respetando las competencias de los gobiernos regionales y demás entidades públicas; las municipalidades ubicadas en zonas rurales promueven el uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre a través de la administración y el uso de los bosques locales establecidos por el SERFOR a su solicitud, entre otros mecanismos previstos en dicha Ley Orgánica;

Que, el artículo 30 de la referida Ley, dispone que los bosques locales son destinados a posibilitar el acceso legal y ordenado de los pobladores locales al aprovechamiento sostenible con fines comerciales de bienes y servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre. Pueden, de acuerdo con la categoría del sitio, destinarse al aprovechamiento maderable, de productos no maderables y de fauna silvestre, o a sistemas silvopastoriles, bajo planes de manejo aprobados por la autoridad regional forestal y de fauna silvestre – ARFFS, cuya aplicación la supervisa el OSINFOR;

Que, el precitado artículo señala también, que el SERFOR establece bosques locales a requerimiento de las autoridades regionales forestales y de fauna silvestre o de gobiernos locales, en cualquier categoría de zonificación u ordenamiento forestal en tierras bajo dominio público, incluyendo los bosques de producción permanente;

Que, el artículo 104 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, establece que el gobierno local o los potenciales usuarios del bosque local, organizados a través del gobierno local correspondiente, solicitan el establecimiento de un bosque local; proceso que se inicia con la presentación de la solicitud a la autoridad regional forestal y de fauna silvestre - ARFFS;

Que, el referido artículo dispone, además, que el gobierno local elabora un estudio técnico que sustenta el establecimiento y la autorización de administración del bosque local, el mismo que es evaluado por un comité técnico, constituido por representantes del gobierno regional y el SERFOR;

Que, el artículo 107 del mismo dispositivo legal, señala que la opinión técnica del Comité sobre el Estudio Técnico y los demás documentos generados por este, conforman el expediente administrativo que es presentado ante la ARFFS, para la emisión del informe técnico legal correspondiente;

Que, conforme al marco legal previsto, mediante Oficio N° 018-2017-MUNICIPALIDAD-GDP/MDM recibido con fecha 27 de enero de 2017, el Alcalde de la Municipalidad Distrital del Mazán, solicita a la...

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