DECRETO, Nº 002-2018-AREQUIPA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA - Aprueban Reglamento Interno de los Comités de Vigilancia Ambiental para una Minería Sostenible - COVAMS-DECRETO-Nº 002-2018-AREQUIPA
Fecha de publicación | 09 Junio 2018 |
Fecha de disposición | 09 Junio 2018 |
Aprueban Reglamento Interno de los Comités de Vigilancia Ambiental para una Minería Sostenible - COVAMS
DECRETO REGIONAL
Nº 002-2018-AREQUIPA
LA GOBERNADORA DEL GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV Descentralización; y Ley 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 37º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias, establece que los Gobiernos Regionales a través de sus órganos de Gobierno dictan normas y disposiciones pertinentes; correspondiendo a la Gobernatura Regional emitir Decretos Regionales los mismos que conforme al artículo 40 de la acotada Ley, establecen normas reglamentarias para la ejecución de Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano;
Que, mmediante Memorándum Nº 11-2018-GRA/ARMA el Gerente de la Autoridad Regional Ambiental, remite el Reglamento Interno de los Comités de Vigilancia Ambiental para una Minería Sostenible – COVAMS, creados por Ordenanza Regional Nº 346 - AREQUIPA, para su aprobación;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 346 - AREQUIPA, se aprueba la creación de los Comités de Vigilancia Ambiental para una Minería Sostenible COVAMS creados por Ordenanza Regional Nº 346- AREQUIPA, como ente de cooperación y apoyo a la Autoridad Regional Ambiental del Gobierno Regional de Arequipa, cuya finalidad es mejorar la fiscalización ambiental, y por consiguiente minimizar los impactos negativos generados a la salud de la población y el ambiente por las actividades de la pequeña minería y minería artesanal en la Región Arequipa; promoviendo a su vez tecnologías limpias en la producción y procesamiento de minerales por actividades de la pequeña minería y minería artesanal y el fortalecimiento del diálogo entre el sector minero y la sociedad civil;
Que, asimismo el art. 6º de dicha Ordenanza Regional, señala:
Artículo 6º. - Reglamento de los Comités de Vigilancia Ambiental para un Minería Sostenible
La Autoridad Regional Ambiental elaborará y aprobará el Reglamento Interno de los Comités de Vigilancia Ambiental para una minería sostenible –...
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