RESOLUCION, Nº 0100-2018-SUNEDU, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS - Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la SUNEDU-RESOLUCION-Nº 0100-2018-SUNEDU
Fecha de disposición | 06 Junio 2018 |
Fecha de publicación | 09 Junio 2018 |
Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 0100-2018-SUNEDU
Lima, 6 de junio de 2018
VISTOS:
Los Informes Nº 048-2018-SUNEDU-03-10 y Nº 067-2018-SUNEDU-03-10 de la Oficina de Recursos Humanos; los Informes Nº 045-2018-SUNEDU-03-07 y Nº 058-2018-SUNEDU-03-07 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y los Informes Nº 138-2018-SUNEDU-03-06 y Nº 176-2018-SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12 de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal;
Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público, establece que el empleado de confianza tiene las siguientes características: (i) desempeña cargo de confianza técnico o político, distinto al del funcionario público; (ii) se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente; y (iii) en ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE se aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, denominada “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE” (en adelante, la Directiva);
Que, el numeral 2 del Anexo Nº 4 de la Directiva señala que la elaboración del CAP Provisional de las entidades de los tres niveles de gobierno es responsabilidad de la Oficina de Recursos Humanos, con opinión técnica favorable del órgano encargado de racionalización;
Que, asimismo el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva establece que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: Nº de orden, cargo...
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