RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 092-2018-P-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Convierten de manera excepcional el 4º Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia del Callao, como 6º Juzgado de Trabajo del Callao; para que tramite expedientes laborales y dictan diversas disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 092-2018-P-CE-PJ

Fecha de disposición25 Mayo 2018
Fecha de publicación30 Mayo 2018

Convierten de manera excepcional el 4º Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia del Callao, como 6º Juzgado de Trabajo del Callao; para que tramite expedientes laborales y dictan diversas disposiciones

PRESIDENCIA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 092-2018-P-CE-PJ

Lima, 25 de mayo de 2018

VISTO:

El Oficio Nº 183-2018-P-UETICPP/PJ, que adjunta el Informe Nº 050-2018-MYE-ST-UETICPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante el artículo octavo de la Resolución Administrativa Nº 110-2018-CE-PJ, del 10 de abril del año en curso, se dispuso que la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, informe al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, sobre la factibilidad de adoptar las siguientes acciones de administración interna: a) Convertir el 4º Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia del Callao, como 6º Juzgado de Trabajo Permanente del Callao, para que tramite los expedientes laborales de la subespecialidad correspondiente a la liquidación de procesos con la Ley Nº 26636, Ley Procesal del Trabajo, y posteriormente tramite los expedientes de la subespecialidad correspondiente a los Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales en apoyo del 4º Juzgado de Trabajo Permanente del Callao; y, b) Reubicar dos plazas de Secretario Judicial, correspondiente al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, al Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga de la misma Corte Superior, de acuerdo a los requerimientos establecidos por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

Segundo. Que, de otro lado, el artículo décimo de la Resolución Administrativa Nº 127-2018-CE-PJ, del 26 de abril del año en curso, dispuso que la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, informe al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial respecto a las propuestas planteadas por la Oficina de Productividad Judicial, sobre conversión y reubicación del Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, como Juzgado Mixto Transitorio de la...

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