DECRETO DE ALCALDIA, Nº 004-2018/MPH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA - Prorrogan fecha de vencimiento para el pago de cuotas del impuesto predial, impuesto vehicular y arbitrios municipales-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 004-2018/MPH

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2018

Huacho, 2 de mayo de 2018

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE HUAURA

Visto; El Informe Nº 82-2018-GAT/MPH de fecha 26.04.2018, de la Gerencia de Administración Tributaria; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Inc. 6) del Art. 20º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que una de las atribuciones del Alcalde es dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas, asimismo, en su Art. 42º, preceptúa que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal.

Que, con fecha 28.12.2017 se emitió la Ordenanza Municipal Nº 037-2017/MPH, que regula la presentación de declaraciones juradas y pago del impuesto predial, impuesto vehicular y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio fiscal 2018, estableciendo en sus artículos Octavo, Noveno y Décimo, las fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial, impuesto vehicular y arbitrios municipales, asimismo, en su artículo Décimo Cuarto faculta al Sr. Alcalde a efecto que, mediante Decreto de Alcaldía pueda modificar el calendario de pagos y dictar medidas complementarias para el cumplimiento de la precitada Ordenanza.

Que, la Sub Gerencia de Planeamiento, Control Normativo y Orientación al Contribuyente, a través del Informe Nº 98-2018-SGPCNYOC/MPH de fecha 26.04.2018, manifiesta que es necesario otorgar facilidades a los contribuyentes quienes son propietarios y/o posesionarios de inmuebles en nuestra jurisdicción, los mismos que por motivos económicos aún no han cumplido con el pago de sus obligaciones tributarias; por lo que, resulta oportuno prorrogar el calendario de pagos establecidos en la Ordenanza Municipal antes citada, opinión compartida por la Gerencia de Administración Tributaria, a través del documento indicado en el exordio.

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