ORDENANZA, Nº 644-2018-MDEA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO - Aprueban la creación de la Instancia Distrital de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel distrital-ORDENANZA-Nº 644-2018-MDEA

EmisorMUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Fecha de la disposición19 de Abril de 2018

Lima, 19 de abril del 2018

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO

VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 19 de abril del 2018, el Informe Nº045-2018-GEMU-MDEA emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº050-2018-GDHU-MDEA emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, el Memorándum Nº030-2018-GAJ/MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº061-2018/GPLAN-MDEA emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº47-2018-SGMPAS-GDHU/MDEA emitido por la Subgerencia de la Mujer y Programas Sociales Alimentarios, respecto a la propuesta de “Ordenanza que Crea la Instancia Distrital de Concertación para erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de El Agustino”; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú declara en su artículo 1º, señala que la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, y en concordancia con el numeral 2 del artículo 2º prescribe que toda persona tiene derecho a la igualdad y que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, condición económica o de cualquier otra índole.

Que, el Estado Peruano ha suscrito y ratificado tratados y compromisos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer-CEDAM; la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes; la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional; el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional; la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem do Pará” (1984); entre otros.

Que, la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, establece un régimen legal que garantiza, tanto a mujeres como hombres, el pleno ejercicio de sus derechos constitucionales a la igualdad, dignidad, bienestar, autonomía y libertad de desarrollo impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida pública y privada.

Que, la mencionada Ley en su artículo 4º establece que es rol del Estado promover y garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y en el artículo 6º dispone lineamientos que deben adoptar el Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en sus políticas, planes y programas a efectos de remover los obstáculos que impiden el ejercicio pleno del derecho a la igualdad.

Que, la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y...

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