DECRETO DE ALCALDIA, Nº 7-2018/MDV-ALC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA - Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 3-2018/MDV, mediante la cual se estableció incentivos para regularización de deudas por multas administrativas del distrito-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 7-2018/MDV-ALC

Fecha de disposición04 Abril 2018
Fecha de publicación10 Mayo 2018

Ventanilla, 4 de abril de 2018

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA

VISTO:

El informe Nº 19-2018/MDV-GRM-SGEC de la Subgerencia de Ejecución Coactiva; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades–, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 3-2018/MDV de 28 de febrero de 2018, se estableció incentivos para regularización de deudas por multas administrativas del distrito de Ventanilla;

Que, en la Tercera Disposiciones Finales y Complementarias de la mencionada ordenanza municipal, se establecen las facultades del Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la mencionada ordenanza municipal;

Que, mediante Informe Nº 19-2018/MDV-GRM-SGEC, la Subgerencia de Ejecución Coactiva propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 3-2018/MDV, procurando de esta forma brindar mayor oportunidad a los vecinos del distrito de contar con los incentivos otorgados;

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, luego del análisis de la normativa municipal y tributaria es viable la prórroga del mencionado plazo, toda vez...

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