RESOLUCION.Nº 0214-2018-JNE.Declaran nulo Acuerdo de Concejo Nº 058-2017/MLV, que rechazó solicitud de vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de La Victoria, provincia y departamento de Lima.SEPARATA ESPECIAL RESOLUCIÓN Nº 0214-2018-JNE Declaran nulo Acuerdo de Concejo Nº 058-2017/MLV, que rechazó solicitud de vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de La Victoria, provincia y departamento de Lima Martes 8 de mayo de 2018 AÑ... -

Fecha de disposición08 Mayo 2018
Fecha de publicación08 Mayo 2018
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Año del DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL

RESOLUCIÓN Nº 0214-2018-JNE

Declaran nulo Acuerdo de Concejo Nº 058-2017/MLV, que rechazó solicitud de vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de La Victoria, provincia y departamento de Limamissing image file

separata especial

Martes 21 de enero de 2018

RESOLUCIÓN Nº 0214-2018-JNE

Expediente N.º J-2017-00346-A01

LA VICTORIA - LIMA - LIMA

VACANCIA

recurso de apelación

Lima, once de abril de dos mil dieciocho.

VISTO, en audiencia pública, de fecha 15 de febrero de 2018, el recurso de apelación interpuesto por Richard Foroca León, Nelson David Soriano Espejo, Francisco Eduardo Sánchez Ríos, Ariel Ricardo Gamboa Corro y Peregrín Pulido Camones, en contra del Acuerdo de Concejo N.º 058-2017/MLV, del 27 de octubre de 2017, que rechazó su solicitud de vacancia presentada en contra de Elías Cuba Bautista, alcalde de la Municipalidad Distrital de La Victoria, provincia y departamento de Lima, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y teniendo a la vista el Expediente N.º J-2017-00346-T01, y oídos los informes orales.

ANTECEDENTES

La solicitud de declaratoria de vacancia

El 4 de setiembre de 2017 (fojas 20 a 41 del Expediente N.º J-2017-00346-T01), Richard Foroca León, Nelson David Soriano Espejo, Francisco Eduardo Sánchez Ríos, Ariel Ricardo Gamboa Corro y Peregrín Pulido Camones, presentaron una solicitud de declaratoria de vacancia contra Elías Cuba Bautista, alcalde de la Municipalidad Distrital de La Victoria, provincia y departamento de Lima, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), con los siguientes fundamentos:

  1. El alcalde “celebró acuerdo de voluntades con Eliseo Cuba Rodríguez (su hijo), los funcionarios municipales señalados en el Anexo A-9 y con las personas jurídicas y personas naturales consignados en los Anexos A-6, A-8 y A-9 de la presente solicitud de vacancia, a fin de utilizar y/o explotar los espacios públicos que se detallan en los mismos anexos [...] mediante las autorizaciones municipales para realizar: 1. Las ferias que se detallan en los Anexos A-10, A-11 y A-12; y 2. Las autorizaciones de acreditaciones de permanencia temporal en la vía pública que se detallan en el Anexo A-13, para de esta manera, usando los bienes y servicios públicos (espacios públicos y autorizaciones municipales), beneficiarse con los ingresos generados como consecuencia de la explotación patrimonial de las actividades económicas señaladas en los Anexos A-6, A-7, A-8 y A-9”.

  2. “Las acciones y omisiones del ‘acuerdo de voluntades’ se concretizaron a través de:

  3. La irregular explotación patrimonialista de los espacios públicos de las zonas del Damero de Gamarra y zonas aledañas mediante autorizaciones municipales a las personas naturales y personas jurídicas expresadas en los Anexos A-6, A-7, A-8, y A-9.

  4. Las acciones y omisiones administrativas del Alcalde y por órdenes del Alcalde de sus funcionarios expresados en la relación de funcionarios, Anexo A-29; con el fin de obtener las ganancias irregulares que configuran el conflicto de intereses”.

    - “Los acuerdos de voluntades y la acción u omisión a que se refiere la demanda de vacancia se realizaron directamente por:

    1. El Alcalde

    2. Su hijo Eliseo Cuba Rodríguez

    3. Los funcionarios públicos de la Municipalidad Distrital de La Victoria, designados por el mismo alcalde Elías Cuba Bautista. Expresados en el Anexo A-29.

    4. Los operadores municipales que aparecen en los videos (Anexos A-10, A-11 y A-12).

    5. Las personas naturales y personas jurídicas que detallan en los Anexos A-6 y A-7, A- 8 y A-9”.

      - “Se produjo conflicto de intereses al priorizar su interés patrimonial privado en relación a los bienes y servicios públicos, en detrimento de sus obligaciones de burgomaestre en beneficio de la ciudad, de la seguridad pública ante riesgos y desastres, del desarrollo económico y social integral, y de la legalidad del concejo municipal”.

      - “La información que sustentamos proviene en lo fundamental de:

    6. Los videos proporcionados por el Programa Periodístico Panorama emitidos:

      a.1 El 20 de noviembre de 2016, denominado ‘Calles al mejor postor: hijo del alcalde de La Victoria involucrado en negociado’ (Anexo A-10).

      a.2 El 27 de noviembre de 2016, denominado ‘Pese a denuncia de pistas alquiladas: impunidad en La Victoria’ (Anexo A-11).

      a.3 El 12 de marzo de 2017, denominado ‘Continúa Mafia en La Victoria: cupo municipal por la Vía Pública’ (Anexo A-12).

    7. La trascendental investigación presentada y expuesta por la Comisión Especial Investigadora (CEI) conformada por el Concejo Municipal, mediante Acuerdo de Concejo N.º 062-2016-MDV (Anexo A-18). A raíz de la propalación de los videos señalados en el anterior acápite (a.1, a.2 y a.3).

    8. Los documentos públicos emitidos por los funcionarios públicos de la Municipalidad Distrital de La Victoria.

    9. El informe de la Contraloría General, realizada ante los mismos hechos que motivan la presente fundamentación de la vacancia y que obra en el Anexo A-15”.

      - Se conformó la CEI mediante Acuerdo de Concejo N.º 053-2015/MDLV, del 27 de octubre de 2015 (Anexo A-19), pero luego fue “desactivada dictatorialmente”, a través del Acuerdo de Concejo N.º 061-2015/MDLV (Anexo A-20).

      - El alcalde tuvo conocimiento de los hechos que motivan la vacancia. Esto se encuentra probado en:

      o Informes periodísticos (videos del 20 y 27 de noviembre de 2016 y 12 de marzo de 2017), además de los informes: Gamarra vs. Centros Comerciales ¿El ocaso de Gamarra?; Increíble: Comerciantes alquilan paredes de Gamarra; Fiscalizadores cobran cuotas a ambulantes de Gamarra; Denuncian presuntas mafias de extorsionadores en Gamarra; Gamarra: La Crisis que afronta el Emporio Comercial; Comerciantes modulados no pagan y no les dan recibo. ROBO MASIVO EN LA VICTORIA; Denuncian a alcalde de La Victoria y a su hijo por presunto acto de corrupción”.

      o Denuncias, quejas y requerimientos de administrados y el concejo municipal, “en las que se informa de la explotación de los espacios públicos inundados por la actividad informal”.

      • El 25 de diciembre de 2015: la asociación de pensionistas de la Municipalidad Distrital de La Victoria denuncia que trabajadores ediles “han hecho un fortín” en el tercer piso de Sebastián Barranca y que se “están realizando cobranzas que no están previstas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), creando una caja negra para intereses personales de terceros y hurtando el dinero a la Municipalidad Distrital de La Victoria y que el accionar es avalado por el subgerente de Comercio Informal y Mercado y el gerente de Desarrollo Económico, así como algunos regidores y presumiblemente el despacho municipal (Anexo A-24)”.

      • El 27 de octubre de 2015: en sesión ordinaria de concejo, el regidor José Luis Melgar Ramírez manifiesta que ha tomado conocimiento que se están emitiendo acreditaciones de permanencia temporal de forma ilegal para laborar en la vía pública (Damero A de Gamarra) a telefonistas, cambistas, y ambulantes en general a cargo del señor Edgar Cueva (Anexo A-25).

      • El 25 y 30 de noviembre de 2015: en sesión ordinaria de concejo, el regidor Guevara Martínez advierte que los convenios que se hicieron con las asociaciones que se encuentran dentro del Damero de Gamarra se iniciaron hace dos gestiones como un plan piloto y que esto ya debe regularse en el TUPA y a todos los mecanismos que tienen en función (Anexo A-26).

      • El 30 de noviembre de 2016: en sesión de concejo ordinario, el regidor José Luis Melgar Ramírez denuncia que con conocimiento del gerente municipal se están entregando acreditaciones temporales (Anexo A-27).

      o El 27 de octubre de 2015, por Acuerdo de Concejo N.º 053-2015/MDLV, se formó la CEI para investigar los 8 reportajes periodísticos (Anexo A-17). Sin embargo, se dejó sin efecto por Acuerdo de Concejo N.º 61-2015/MDLV, del 20 de noviembre de 2015 (Anexo A-18). Así, se impidió la fiscalización y se ocultó la información que permitiría la realización de un proceso de vacancia.

      - El alcalde incurre en restricciones de contratación al promover el irregular uso de espacios públicos para fines privados, mediante la autorización indiscriminada de permisos, “arrendamientos y/o concesiones de espacios públicos en el Damero A de Gamarra y otras jurisdicciones en el distrito para la realización del comercio informal, venta ambulatoria de alimentos en módulos y ferias gastronómicas y ferias navideñas”.

      - Por Informe N.º 69-2017-GDE/MDLV (Anexo A-7), emitido por la subgerencia de Comercio Informal y Mercados, se señaló que hubieron ingresos de pagos de diferentes actividades que se realizaron a través de módulos de comida y otras actividades comerciales realizadas en el “Emporio Comercial de Gamarra” en el 2015 y 2016 a nombre de personas naturales y personas jurídicas de acuerdo al Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), y en concordancia con los rubros 3458 “Autorización por uso de la vía pública - zonas reguladas, ferias, campañas proyectos especiales”; rubro 3463 “Aportes Convenios Plan Piloto Damero Gamarra” y rubro 3462 “Aportes de Asociaciones del Comercio Informal Agrupados”. Ninguna de las autorizaciones de uso de espacios públicos fue otorgada por la administración municipal como resultado de un acuerdo de concejo, requerido por ser concesiones de bienes de dominio público inalienables e imprescriptibles.

      - El alcalde...

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