RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 155-2018-MEM/DM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Loreto-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 155-2018-MEM/DM

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición30 de Abril de 2018

Lima, 30 de abril de 2018

VISTOS: El Informe N° 024-2018-MEM-OGP/DIR, del 19 de abril de 2018, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 386-2018-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a financiar exclusivamente, a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 Soles);

Que, la referida disposición señala que las transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas – Central; y, se autorizan mediante Resolución del Titular del Pliego, la que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales;

Que, asimismo, se establece la obligación del Gobierno Regional, que recibe la referida transferencia de recursos, de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adenda correspondiente; quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;

Que, de acuerdo a lo establecido en la Cuadragésima Primera Disposición...

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