DECRETO SUPREMO, Nº 083-2018-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del Pliego Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables-DECRETO SUPREMO-Nº 083-2018-EF

Fecha de disposición29 Abril 2018
Fecha de publicación29 Abril 2018

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dicho Ministerio es un organismo del Poder Ejecutivo rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, con personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal;

Que, el segundo párrafo de la Sexagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 44 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 20 000 000,00), destinados a los Centros de Emergencia Mujer a cargo de dicho ministerio;

Que, con Oficios Nº 15-2018-MIMP/DM y Nº 565-2018-MIMP/SG, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables solicita una Transferencia de Partidas a su favor, para financiar la implementación de 50 Centros de Emergencia Mujer en comisarías a nivel nacional, con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 44 de la Ley Nº 28411, en el marco del segundo párrafo de la Sexagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693;

Que, los artículos 44 y 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS Y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR