RESOLUCION, Nº 0298-2018/SBN-DGPE-SDAPE, ORGANISMOS EJECUTORES, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES - Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de Piura y Moquegua-RESOLUCION-Nº 0298-2018/SBN-DGPE-SDAPE
Emisor | SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES |
Fecha de la disposición | 6 de Abril de 2018 |
San Isidro, 6 de abril de 2018
Visto el Expediente Nº 828-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado respecto del terreno eriazo de 1 043 556,89 m2, ubicado a lado Sur de la carretera Moquegua – Arequipa, altura de los kilómetros 1 142, aproximadamente a 3 kilómetros al Noroeste del Centro poblado Belén, entre los cerros trapiche y Pan de Azúcar, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;
Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 405 801,01 m2, ubicado a lado Sur de la carretera Moquegua – Arequipa, altura de los kilómetros 1 142, aproximadamente a 3 kilómetros al Noroeste del Centro poblado Belén, entre los cerros trapiche y Pan de Azúcar, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, que se encontraría sin inscripción registral;
Que, luego de haber realizado una serie de consultas (folio 154 al 166) se redimensionó el predio a un terreno de mayor extensión a 1 043 556,89 m2, dado que se identificó área libre colindante al área inicial conforme se detalla en el Plano Diagnóstico Nº 2786-2017/SBN-DGPE-SDAPE (folio 183);
Que, mediante los Oficios Nros. 8968, 8970, 8971, 8973, 8974, 8976-2017/SBN-DGPE-SDAPE todos de fecha 11 de diciembre de 2017 (folio 205 al 210) y con Memorándum Nº 5326-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 11 de diciembre de 2017 (folio 211) se ha...
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