RESOLUCION DE ALCALDIA, Nº 058-2018-MDPH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA - Declaran improcedente apelación interpuesta contra resolución que declaró la reversión de predio a favor de la Municipalidad-RESOLUCION DE ALCALDIA-Nº 058-2018-MDPH

EmisorMUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA
Fecha de la disposición19 de Febrero de 2018

Punta Hermosa, 19 de febrero de 2018

VISTO: El recurso de apelación interpuesto por don Arnaldo Haltenhoff Casanova contra la Resolución de Alcaldía Nº 166-2017-MDPH, y el Informe Nº 118-2017-MDPH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado mediante Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades sin Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante resolución de alcaldía Nº 166-2017-MDPH se declaró la Reversión a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA, del predio correspondiente a la Mz. P Lote 3 de la Agrupación de Familias de La Planicie por incumplimiento de las obligaciones pactadas para su adjudicataria originaria doña Carlota Casanova Vda. de Haltenhoff en el Contrato de Promesa de Venta de fecha 12 de mayo de 1989 suscrito entre la referida ciudadana y la entidad;

Que, no encontrándola conforme, don Arnaldo Haltenhoff Casanova, alegando la representación de doña Carlota Casanova Vda. de Haltenhoff interpone recurso de apelación contra el acto administrativo antes señalado, argumentando que el derecho para declarar la reversión del predio ya ha prescrito, que si existen construcciones dentro del mismo y que viene pagando el impuesto predial sin que se la haya objetado dicho pago;

Que, de acuerdo a lo manifestado por el propio recurrente, este interviene en el presente procedimiento en representación de su señora madre doña Carlota Casanova Vda. de Haltenhoff;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 124.1 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, para la...

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