RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 109-2018-MEM/DM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Declaran nulidad de oficio de la resolución ficta que aprobó solicitud de segunda modificación del contrato de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de la Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Aguaytía - S.E. Parque Industrial Pucallpa y dictan diversas disposiciones-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 109-2018-MEM/DM

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2018

Lima, 21 de marzo de 2018

VISTOS: El Expediente N° 14113100 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de la Línea de Transmisión en 138 kV S.E. Aguaytía – S.E. Parque Industrial Pucallpa; la solicitud de la segunda modificación de la mencionada concesión definitiva, presentada por Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A.; los Informes N° 017-2018-MEM/DGE-DCE y N° 048-2018-MEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; y, el Informe N° 177-2018-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 064-2001-EM, publicada el 15 de marzo de 2001, se otorga a Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. (en adelante, ETECEN) la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 138 KV S.E. Aguaytía – S.E. Parque Industrial Pucallpa, de una (1) terna y 131 km de longitud, aprobándose el Contrato de Concesión N° 183-2001 (en adelante, el CONTRATO);

Que, mediante Resolución Suprema N° 074-2001-EM, publicada el 20 de abril de 2001, se aprueba la transferencia de la concesión definitiva referida en el considerando anterior, que efectúa ETECEN a favor de Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A., quien asume todos los derechos y obligaciones que señala el CONTRATO;

Que, mediante Resolución Suprema N° 033-2002-EM, publicada el 10 de setiembre de 2002, se aprueba la primera modificación de la mencionada concesión definitiva de transmisión, a fin de incluir ciertas modificaciones y aclaraciones al CONTRATO, aprobándose el Addendum N° 1 al CONTRATO;

Que, mediante Carta CS00139 – 16011033 con Registro N° 2662800, de fecha 9 de diciembre de 2016, Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A. solicita la segunda modificación de la concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica para la Línea de Transmisión en 138 KV S.E. Aguaytía – S.E. Parque Industrial Pucallpa, a fin de variar su recorrido en el tramo comprendido entre la S.E. Aguaytía y la estructura T2 existente, así como instalar 4 estructuras (T71A, T92A, T153A y T161A) en el mismo eje de la línea existente;

Que, mediante Resolución Directoral N° 436-2015-MEM/DGAAE, de fecha 20 de noviembre de 2015, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas (DGAAE) otorga la Conformidad al Informe Técnico Sustentatorio del Proyecto “Repotenciación de la Línea de Transmisión 138 kV Aguaytía Pucallpa (L-1125) y Subestaciones Asociadas”, ubicado en los distritos de Callería y Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, y en los distritos de Irazola y Padre Abad, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali; de acuerdo a los fundamentos y conclusiones señalados en el Informe N° 957-2015-MEM-DGAAE/DNAE/DGAE/LQS/ CCR/RDV/HBC;

Que, el Código CE03A del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Energía y Minas establece que el procedimiento administrativo de modificación de concesión definitiva es un procedimiento de evaluación...

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