ORDENANZA, Nº 00241/MDSA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA - Aprueban el "Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social - 2018 del distrito de Santa Anita"-ORDENANZA-Nº 00241/MDSA

Fecha de publicación06 Abril 2018
Fecha de disposición06 Abril 2018

Aprueban el “Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social - 2018 del distrito de Santa Anita”

ORDENANZA Nº 00241/MDSA

Santa Anita, 26 de marzo de 2018

VISTO: En Sesión ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe No. 001-2018-ST-CODISEC/MDSA formulado por el Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Santa Anita y el Informe No.170-2018-GAJ-GG-MDSA del Gerente de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 194º de la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, reconoce a las Municipalidades como órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.,

La Ley Nº 27933, tiene por objeto el proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana. Asimismo, los artículos 13º y 16º de la mencionada Ley establece que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales, son los encargados de formular planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por CONASEC y nombra como miembro y Presidente del Comité distrital de Seguridad Ciudadana al Alcalde distrital y otras autoridades respectivamente, por tal motivo es necesario establecer la efectiva ejecución de los planes integrados de seguridad ciudadana entre la Policía Nacional y los Gobiernos locales, en concordancia con el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINACEC), así como determinar su implementación y ejecución de dichos planes.

Que mediante Decreto Supremo No 011-2014-IN, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, el mismo que expresa en su Art. 30º, que la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad distrital correspondiente o el órgano que haga sus veces, asume las funciones de Secretaria Técnica del CODISEC. El cargo es indelegable, bajo responsabilidad, teniendo como función entre otros, la de formular y proponer los Planes distritales de Seguridad Ciudadana en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, los Planes Regionales y Provinciales de Seguridad Ciudadana correspondientes...

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