ORDENANZA, Nº 126 18/MCPSMH.-, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA - Ordenanza que regula el procedimiento con fines de regularización de edificaciones solo casa habitación en el Centro Poblado Santa Maria de Huachipa-ORDENANZA-Nº 126 18/MCPSMH.

EmisorMUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA
Fecha de la disposición30 de Marzo de 2018

Ordenanza que regula el procedimiento con fines de regularización de edificaciones solo casa habitación en el Centro Poblado Santa María de Huachipa

ORDENANZA Nº 126 18/MCPSMH

Santa María de Huachipa, 14 de marzo del 2018

VISTO: En Sesión de Concejo de fecha 14 de Marzo del 2018, el Informe Nº046-18-SGOPCCU-GDU-MCPSMH, de fecha 07 de Marzo del 2018, El Informe Nº 122-18-GDU-MCPSMH de fecha 12 de Marzo del 2018 y el Informe Nº 019-18-GAJ-MCPSMH de fecha 12 de Marzo del 2018; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia y se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y conforme lo prescribe el articulo IV del título Preliminar los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.

Que, la Constitución Política del Perú (modificada por la Ley Nº 27680) en el artículo 2º , inciso 22, indica que la persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el perfecto desarrollo de su vida; y según el artículo 66º los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento y en su artículo 194º establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local y tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, señala que los gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derecho municipales, conforme a Ley, así como planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial.

Que, el artículo 79º numeral 3, (ítems 3.6., inciso 3.62 de la Ley Nº 27972, establece que tienen la función específica exclusiva de normar, regular la fiscalización de construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábricas.

Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 , establece que las municipalidades distritales establecen las ordenanzas en la materia de su competencia , siendo normas de carácter general de mayor jerarquía, pudiendo crear, modificar, suprimir o exonerar las licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley.

Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29090 sus modificatorias y reglamentado...

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