RESOLUCION, Nº 222-PE-ESSALUD-2018, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Precisan y modifican numerales de la Res. Nº 125-PE-ESSALUD-2018, que modificó la Estructura Orgánica y el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD-RESOLUCION-Nº 222-PE-ESSALUD-2018
Fecha de disposición | 24 Marzo 2018 |
Fecha de publicación | 24 Marzo 2018 |
Precisan y modifican numerales de la Res. N° 125-PE-ESSALUD-2018, que modificó la Estructura Orgánica y el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD
RESOLUCIÓN de presidencia ejecutiva
N° 222-pe-essalud-2018
Lima, 22 de marzo de 2018
VISTOS:
Las Cartas Nros. 0585 y 0763-GCPP-ESSALUD-2018, de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto y la Carta N° 1116-GCAJ-ESSALUD-2018 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 1.2 del artículo 1° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, ESSALUD tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como, otros seguros de riesgos humanos;
Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 125-PE-ESSALUD-2018, publicada el 20 de febrero de 2018, se resolvió modificar la Estructura Orgánica y el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015 y respectivas modificatorias; y aprobar los Reglamentos de Organización y Funciones de las Redes Prestacionales de Lima y Callao, así como, se establecieron disposiciones para su implementación;
Que, mediante Proveído N° 1698-GG-ESSALUD-2018, la Gerencia General dispuso precisar los plazos del proceso de implementación de las Redes Prestacionales de Lima y Callao;
Que, con las Cartas de Vistos, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto remite un proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva que precisa los plazos del proceso de implementación de las Redes Prestacionales de Lima y Callao, así como, la continuidad de sus operaciones en tanto culmine dicho proceso;
Que, la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, con la Carta de Vistos, opina que resulta viable la propuesta formulada por la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto;
Que, en mérito a las consideraciones expuestas resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente, a fin de precisar y/o modificar los alcances de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 125-PE-ESSALUD-2018;
Que, de acuerdo a lo establecido en los incisos c) y d) del artículo 8° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD)...
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