ORDENANZA, Nº 247-2018/MVMT, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO - Aprueban incentivos por el pronto pago de Arbitrios Municipales 2018 y el calendario de vencimientos para el pago tributario-ORDENANZA-Nº 247-2018/MVMT

EmisorMUNICIPALIDAD DE VILLA MARAA DEL TRIUNFO
Fecha de la disposición23 de Febrero de 2018

Villa María del Triunfo, 23 de febrero del 2018

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum N° 035-2018-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, los Informes N° 21-2018-GAT-GM/MVMT, N° 013-2018-GAT/MVMT y N° 39-2018-GAT-GM/MVMT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 025-2018-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 008-2018-SGRFT-GAT/MVMT de la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Informe N° 11-2018-EC-GAT/MVMT del Ejecutor Coactivo, el Informe N° 019-2018-SGRAC-GAT/MDVMT de la Sub Gerencia de Registro y Atención al Contribuyente, el Memorándum N° 61-2018-GPP/MVMT de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, los Dictámenes N° 002-2018-MDVMT-CARPP y N° 004-2018-MDVMT-CARPP de la Comisión de Administración, Rentas, Planeamiento y Presupuesto del Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, sobre el “Proyecto de Ordenanza que Aprueba Incentivos por el Pronto Pago de Arbitrios Municipales 2018 y el Calendario de Vencimientos para el pago de Tributos”, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 194º y 195º numeral 4 de la Constitución Política del Perú, modificados por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley;

Que, en ese sentido el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que conforme a lo señalado en las normas referidas precedentemente; así como, en el Artículo 74º de la propia Carta Magna, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la ley;

Que, el Artículo 40º de la Ley...

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