ORDENANZA, Nº 199-2018-MDP/C, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC - Ordenanza Municipal que aprueba la ampliación y modificación de la Ordenanza Municipal Nº 165-2016-MDP/C que aprueba la regularización de edificaciones sin licencia de obra y reducción de parámetros en el distrito de Pachacámac-ORDENANZA-Nº 199-2018-MDP/C

Fecha de disposición28 Febrero 2018
Fecha de publicación08 Marzo 2018
SecciónSección Única

Pachacámac, 28 de febrero del 2018

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE PACHACAMAC

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Febrero del 2018, el Informe Nº 016-2018-MDP/GDUR de fecha 27 de Febrero del 2018, Informe N° 0124-2018-MDP-GDUR-SGOPCHU de fecha 27 de Febrero del 2018 e Informe N° 085-2018-MDP/GAJ de fecha 28 de Febrero del 2018, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Habilitaciones Urbanas y Gerencia de Asesoría Jurídica respectivamente, sobre proyecto de “Ordenanza que Aprueba la Ampliación y Modificación de la Ordenanza Municipal N° 165-2016-MDP/C que aprueba la Regularización de Edificaciones sin Licencia de Obra y reducción de Parámetros en el Distrito de Pachacámac”, y;

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo dispuesto por la Constitución Política del Perú, modificada en su Artículo 194° por la Ley Nº 30305 - “Ley de Reforma Constitucional” y la Ley N° 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”, definen que las municipalidades son órganos de gobierno local, que emanan de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público y autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el inciso 6) del artículo 195° de la Constitución Política del Perú, señala que los gobiernos locales son competentes para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial. Asimismo, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, señala que: “El proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales (...)”;

Que, asimismo el artículo 79° numeral 3) ítems 3.6 y 3.6.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establecen como funciones exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de la construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica;

Que, al amparo del Art. 74° de la Ley N°27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades” que establece las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida una función promotora, normativa y reguladora, así como las de ejecución y de fiscalización y control, en las materias de su competencia;

Que, la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones - Ley N° 29090 tiene por objeto establecer la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edificación; seguimiento, supervisión y fiscalización en la ejecución de los respectivos proyectos, en un marco que garantice la seguridad privada y pública estableciendo el rol y responsabilidades de los diversos actores vinculados en los procedimientos administrativos de la presente Ley;

Que, conforme a la Ley N° 30494, que modifica la Ley N° 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones prescribe la regularización de habilitaciones urbanas y de edificaciones ejecutadas sin licencia o que no tengan conformidad de obra después del 20 de julio 1999 hasta la publicación de la Ley 29090, Ley de regulación de las habilitaciones Urbanas y de edificaciones pueden ser regularizadas hasta el 26 de Setiembre del 2017, de acuerdo a lo estipulado en la primera disposición del Decreto Legislativo N° 1225 y conforme al procedimiento establecido en el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación;

Que, con Ordenanza N° 165-2016-MDP/C, se aprueba la Ordenanza Municipal que aprueba Regularización de Licencia sin Edificación de Obra y Reducción de Parámetros Urbanístico en el Distrito de Pachacámac, la misma que estuvo vigente hasta el 26 de septiembre del 2017;

Que, el Decreto Supremo N° 006-2017- VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 2909, Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones...

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