RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 060-2018-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Convierten diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima en salas constitucionales y juzgados constitucionales transitorios, y dictan otras medidas-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 060-2018-CE-PJ

Fecha de disposición07 Febrero 2018
Fecha de publicación07 Marzo 2018
SecciónSección Única

Lima, 7 de febrero de 2018

VISTOS:

Los Oficios Nº 623-2017-P-CSJL-PJ y 11-2018-P-CSJL-PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima; así como, el Oficio N° 029-2018-P-UETICPP/PJ, del Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.

CONSIDERANDO:

Primero.- Que, el artículo 4º de la Resolución Administrativa N° 193-2017- CE-PJ de fecha 31 de mayo de 2017, dispuso que la Corte Superior de Justicia de Lima, en mérito a su requerimiento de órganos jurisdiccionales de la especialidad constitucional, deberá remitir a la Comisión Nacional de Productividad Judicial una propuesta para convertir no menos de dos órganos jurisdiccionales de la citada Corte Superior, a la especialidad constitucional.

Segundo.- Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Oficio N° 623-2017-P-CSJL-PJ, hace de conocimiento la situación crítica que se presenta en los órganos jurisdiccionales en materia constitucional; debido a la excesiva carga procesal en curso. Por lo que, a fin de atender adecuadamente el trámite de los expedientes y resolver en plazo razonable, propone la creación de cinco juzgados constitucionales y tres salas superiores de esta especialidad.

Tercero.- Que, el pedido presentado fue remitido a la Oficina de Productividad Judicial; la cual, evaluándolo, ha presentado el Informe Nº 004-2018-OPJ-CENPJ-CE/PJ.

Cuarto.- Que, de otro lado, el Presidente de la mencionada Corte Superior a fin de viabilizar la mejora del servicio de la justicia constitucional en el Distrito Judicial de Lima, alternativamente presenta la siguiente propuesta:

  1. Conversión de tres juzgados de trabajo transitorios, en razón que a la fecha se cuenta con siete de ellos para la liquidación de 5,089 procesos laborales de la Ley 26636; y cuya culminación estaba prevista para el mes de agosto de 2019; considerando factible que dicha carga pueda ser asumida por cuatro juzgados de trabajo liquidadores, los cuales culminarían su funcionamiento en octubre de 2020.

  2. Conversión de...

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