DECRETO SUPREMO, Nº 040-2018-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban incremento de la remuneración de los docentes nombrados ubicados en la primera categoría de la Carrera Pública Docente para Escuelas de Educación Superior-DECRETO SUPREMO-Nº 040-2018-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición28 de Febrero de 2018

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el literal d) del numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, exceptúa al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, durante el Año Fiscal 2018, de lo establecido en el artículo 6 y en el numeral 9.1 del artículo 9, según corresponda, para incrementar, por única vez, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último, la remuneración de los docentes nombrados ubicados en la primera categoría de la Carrera Púbica Docente (CPD) para Escuelas de Educación Superior (EES) de conformidad con las Leyes Nºs 30512, 30541 y el Decreto Supremo Nº 012-2017-MINEDU;

Que, por su parte, el numeral 30.2 del referido artículo 30, establece que los docentes nombrados del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico recibirán una remuneración igual a la determinada en el considerando precedente, quedando suprimido todo concepto remunerativo y no remunerativo que venían percibiendo; asimismo, los mencionados docentes no podrán percibir como remuneración un monto mensual menor al que venían percibiendo antes de la entrada en vigencia de la Ley Nº 30693; siendo que el diferencial que resulte será considerado como una compensación extraordinaria transitoria, la cual no tiene carácter remunerativo ni pensionable, no constituye base para el cálculo de otros beneficios, no está afecta a cargas sociales, y será percibida por el docente en tanto permanezca en el área de la docencia en la primera categoría de la CPD para EES; en virtud de lo cual a través de los Oficios Nºs 00902 y 00482-2018-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación, solicita dar trámite al referido proyecto normativo;

Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y...

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