RESOLUCION DE ALCALDIA, Nº 013-2018-ALC/ML, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LURÍN - Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad-RESOLUCION DE ALCALDIA-Nº 013-2018-ALC/ML

Fecha de publicación23 Febrero 2018
Fecha de disposición15 Enero 2018

Lurín, 15 de enero del 2018

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE DISTRITAL

DE LURÍN

VISTO:

El Informe N° 1936-2017-SGRH-GAF/ML de fecha 29.01.2017, mediante el cual la Sub Gerencia de Recursos Humanos solicita la expedición del acto resolutivo que designa como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Lurín al abogado David Domínguez Lancho; y el Informe N° .014-2018-GAJ/ML del 03.01.2018, a través del cual la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal a favor de la designación del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Lurín, recomendando su aprobación mediante Resolución de Alcaldía.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 192 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV de la Constitución sobre Descentralización, Ley N° 27680, establece que “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo v la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo”,

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma de los artículos 191, 194 y 203 de la Constitución del Perú, Ley N° 30305, que expresamente señala “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Las municipalidades de los centros poblados son creadas conforme a ley”.

Que, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisándose que les compete a las municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y en tal sentido, gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdicción en el ámbito de su circunscripción territorial

Que, el Artículo 11 del Título Preliminar de la Ley Orgánica...

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