ORDENANZA.Nº 027-2017-MPH.Ordenanza que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2018.SEPARATA ESPECIAL Jueves 22 de febrero de 2018 AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL MUNICIPALIDAD DE HUARAL ORDENANZA Nº 027-2017-MPH ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINA... -
Fecha de disposición | 22 Febrero 2018 |
Fecha de publicación | 22 Febrero 2018 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Año de la consolidación del Mar de Grau
MUNICIPALIDAD DE HUARAL
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE LA DECLARACIÓN JURADA Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2018
separata especial
Viernes 2 de diciembre de 2016
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027-2017-MPH
Huaral, 29 de diciembre de 2017
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, establece en su artículo 194º que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 40º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, dispone que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, derechos, licencias y contribuciones dentro de los límites establecidos por la Ley. Asimismo, precisa que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, asimismo, el citado artículo menciona que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia.
Que, el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la actualización de los valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anualmente;
Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, estipula que las Municipalidades que brinden el servicio de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al primero de enero de cada ejercicio;
Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes de la Municipalidad de Provincial de Huaral, por el concepto de derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilios de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2018; fijándose en S/ 4.50 (Cuatro y 50/100 soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por dicho derecho, estableciéndose asimismo que los contribuyentes abonarán la suma de S/ 1.20 (Uno y 20/100 soles) por cada predio anexo o adicional.
De conformidad a las facultades establecidas en el artículo 109º de la Constitución Política del Perú, el numeral 8) del artículo 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente ordenanza:
ORDENANZA
QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE LA DECLARACIÓN JURADA Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2018
Los contribuyentes deberán abonar por predio adicional, la suma de S/ 1.20 (Uno y 20/100 soles).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
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INFORME TECNICO 2018
CONTENIDO
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ANTECEDENTES
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DEFINICIONES Y PROCESOS
2.1. Definiciones
2.2. Procesos
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ESTRUCTURA DE COSTOS
3.1. Costos Directos
3.1.1. Costos de mano de obra directa
3.1.2. Costos de Materiales
3.1.3. Otros costos y gastos variables
3.2. Costos Indirectos y Gastos Administrativos
3.3. Costos Fijos
3.4. Resumen de la Estructura de Costos
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DISTRIBUCIÓN Y DETERMINACIÓN DE TASAS
4.1. Descripción del servicio
4.2. Contribuyentes y predios
4.3. Criterio de distribución
4.4. Metodología de distribución
4.5. Tasas estimadas
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ANTECEDENTES
El servicio de Emisión Mecanizada comprende las actividades relativas a la determinación de los tributos municipales, entre las que podemos mencionar las siguientes: la actualización de datos, el diseño y la selección del contenido de la cuponera, la impresión de las mismas y su distribución a los contribuyentes.
El costo en el que incurre la Municipalidad para la prestación de este servicio debe ser trasladado al vecino mediante una tasa que refleje adecuadamente el servicio prestado. Dicha tasa es la tasa por Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores y determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2018.
El presente documento tiene por finalidad sustentar la tasa individual a cobrar por este derecho a los contribuyentes del distrito, detallando cada uno de los componentes del costo total y explicando su relación con la prestación del servicio, así como señalando la metodología de distribución del referido costo.
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DEFINICIONES Y PROCESO
2.1. DEFINICIONES
- Cuponera.- Documento que se emite y distribuye anualmente a los contribuyentes e incluye siete (07) hojas en su versión estándar (para contribuyentes con un solo predio). A saber, éstas son:
- Cargo de Notificación: (01 Hoja) corresponde a la hoja que valida la notificación (acto administrativo) de la cuponera, de acuerdo al Código Tributario.
- Tapa y contratapa: (02 Hojas) corresponden a la carátula y contracarátula de la cuponera.
- Hoja Resumen (HR): (01 Hoja) muestra la suma total del autoavalúo (s) del predio (s), así como el domicilio fiscal.
- Predio Urbano (PU): (01 Hoja) describe las características físicas del predio (s).
- Hoja de Liquidación Predial (HLP): (01 Hoja) muestra la base imponible para el cálculo del impuesto predial, así como el número de predios del contribuyente dentro del distrito.
- Hoja de Liquidación de Arbitrios (HLA): (01 Hoja) muestra los criterios de distribución del costo de los arbitrios municipales y su respectiva determinación.
Contenido de cada cuponera de pago 2018 Hojas por cuponera estándar
(Cantidad)Contribuyentes
(Número)Total de Hojas
(Número)Cargo de Notificación 1 24,633 24,633 Tapa y contratapa 2 24,633 49,266 Hoja Resumen (HR) 1 24,633 24,633 Predio Urbano (PU) 1 24,633 24,633 Hoja Liquidación Predial (HLP) 1 24,633 24,633 Hoja Liquidación Arbitrios (HLA) 1/ 1 35,350 35,350 Total 7 183,148 1/ Se considera el número de predios. - Costo Directo.- Aquel que guarda una relación directa de causalidad entre la generación del mismo y la realización de una actividad asociada a la obtención de la cuponera.
- Costo Indirecto.- Aquel que no puede identificarse de forma directa con una actividad destinada a la obtención de la cuponera.
- Actividad.- Conjunto de tareas que se realizan para el diseño, generación, impresión y distribución de las cuponeras.
- Número de Contribuyentes.- Cantidad de contribuyentes a los que se les distribuye cuponera.
- Predios Adicionales.-...
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