RESOLUCION, Nº 027-2018-MINAGRI-SERFOR-DE, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Establecen el Bosque Local "Forestal Los Cedros" en el distrito de Mazán, provincia de Maynas, departamento de Loreto-RESOLUCION-Nº 027-2018-MINAGRI-SERFOR-DE

Fecha de disposición12 Febrero 2018
Fecha de publicación15 Febrero 2018

Lima, 12 de febrero de 2018

VISTO:

El Informe Técnico Legal Nº 049-2017-GRL-GGR-ARA-DEFFS-DER/OAJ, de fecha de 11 de julio de 2017, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Ejecutiva Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Loreto, mediante el cual se realiza la evaluación de la propuesta de establecimiento del Bosque Local “Forestal Los Cedros”; el Informe Técnico Nº 340-2017-SERFOR/DGIOFFS-DCZO, de fecha 02 de octubre de 2017, de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, y el Informe Legal Nº 034-2018-MINAGRI-SERFOR-SG/OGAJ, de fecha 26 de enero de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del SERFOR, y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece que “En el marco de lo dispuesto en la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y respetando las competencias de los gobiernos regionales y demás entidades públicas, las municipalidades ubicadas en zonas rurales promueven el uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre a través de la administración y el uso de los bosques locales establecidos por el SERFOR a su solicitud, entre otros mecanismos previstos en dicha ley orgánica”;

Que, el artículo 30 de la referida Ley, dispone que los bosques locales son los destinados a posibilitar el acceso legal y ordenado de los pobladores locales al aprovechamiento sostenible con fines comerciales de bienes y servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre. Pueden, de acuerdo a la categoría del sitio, destinarse al aprovechamiento maderable, de productos no maderables y de fauna silvestre, o a sistemas silvopastoriles, bajo planes de manejo aprobados por la autoridad regional forestal y de fauna silvestre – ARFFS, cuya aplicación la supervisa el OSINFOR;

Que, el precitado artículo señala también, que el SERFOR establece bosques locales a requerimiento de las autoridades regionales forestales y de fauna silvestre o de gobiernos locales, en cualquier categoría de zonificación u ordenamiento forestal en tierras bajo dominio público, incluyendo los bosques de producción permanente;

Que, el artículo 104 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, establece que el gobierno local o los potenciales usuarios del bosque local, organizados a través del gobierno local correspondiente, solicitan el establecimiento de un bosque local; proceso que se inicia con la presentación de la solicitud a la autoridad regional forestal y de fauna silvestre - ARFFS;

Que, el referido artículo dispone, además, que el gobierno local elabora un estudio técnico que sustenta el establecimiento y la autorización de administración del bosque local, el mismo que es evaluado por un comité técnico constituido por representantes del gobierno regional y el SERFOR;

Que, el artículo 107 del mismo dispositivo legal señala que la opinión técnica del Comité sobre el Estudio Técnico y los demás documentos generados por este, conforman el expediente administrativo que es presentado ante la ARFFS, para la emisión del informe técnico legal correspondiente;

Que, conforme al marco legal previsto, mediante Oficio Nº 215-2016-GDP-MDM, recibido con fecha 01 de diciembre de 2016, el Alcalde de la Municipalidad Distrital del Mazán, solicita a la Autoridad Regional Ambiental y a la Dirección Ejecutiva Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Loreto, el establecimiento y administración de un bosque local, en una superficie de 22000 ha, ubicadas en el distrito del Mazán, provincia de Maynas, departamento de Loreto, para promover el aprovechamiento sostenible de recursos forestales y de fauna silvestre por parte de los pobladores locales del ámbito del referido gobierno local y pequeños extractores forestales; se adjunta al referido documento, entre...

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