DECRETO SUPREMO, Nº 015-2018-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Prórroga del Estado de Emergencia declarado en el Corredor Vial Apurímac - Cusco - Arequipa-DECRETO SUPREMO-Nº 015-2018-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición 8 de Febrero de 2018

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, asimismo, el artículo 137 de la Carta Magna establece que el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción señalados en dicho artículo, entre los cuales se encuentra el Estado de Emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación, pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio;

Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2018-PCM, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 11 de enero de 2018, se declara por el término de treinta (30) días calendario el Estado de Emergencia en el Corredor Vial Apurímac–Cusco–Arequipa, con una longitud aproximada de 482.200 km., que abarca desde la Ruta Nacional PE-3S X, ubicada en el distrito de Progreso, provincia de Grau, departamento de Apurímac, hasta la Ruta Nacional PE-34 A, que culmina en el centro poblado menor Pillones, distrito de San Antonio de Chuca, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, incluyendo los quinientos (500) metros adyacentes a cada lado del Corredor Vial en mención; disponiéndose que la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas;

Que, mediante Oficio N° 246-2018-DGPNP/SEC, el Director General de la Policía Nacional del Perú recomienda la prórroga del Estado de Emergencia declarado en el Corredor Vial Apurímac–Cusco–Arequipa, a fin de garantizar el accionar de las fuerzas del orden ante cualquier alteración del orden público; sustentando dicho pedido en los...

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