RESOLUCION, Nº 007-2018-DV-PE, ORGANISMOS EJECUTORES, COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS - Incorporan párrafo al literal h) del numeral 2.1. del artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 170-2017-DV-PE, sobre delegación de facultades en el/la Jefe/a de la Oficina General de Administración de DEVIDA, en materia de contrataciones del Estado-RESOLUCION-Nº 007-2018-DV-PE
Fecha de disposición | 06 Febrero 2018 |
Fecha de publicación | 07 Febrero 2018 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Lima, 6 de febrero de 2018
VISTOS:
El informe N° 00042-2018-OGA-UABA de la Unidad de Abastecimiento y el Proveído N° 000858-2018-DV-OGA de la Oficina General de Administración;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, aprobada por Decreto Legislativo N° 824 y modificada por las Leyes N° 27629, N° 28003 y Decreto Legislativo N° 1241, se determinaron la naturaleza jurídica y las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA;
Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, el mismo que determina y regula las competencias, funciones y estructura orgánica de la Institución;
Que, el artículo 9° del citado Reglamento dispone que la Presidencia Ejecutiva es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad ejecutiva, estableciendo que el/la Presidente/a Ejecutivo/a es el/la Titular del Pliego y ejerce funciones ejecutivas y de representación institucional de la Entidad;
Que, el literal a) del artículo 10° del mismo Reglamento indica que es función y/o atribución de la Presidencia Ejecutiva, conducir y supervisar el adecuado funcionamiento de la Entidad, definiendo las políticas de dirección y supervisión para la marcha de la entidad y representarla en la firma de todos los compromisos institucionales, pudiendo delegar esta atribución; mientas que el literal r) del antedicho artículo también establece como función y/o atribución de la Presidencia Ejecutiva el emitir Resoluciones y Directivas vinculadas a la conducción de la Entidad;
Que, asimismo, el literal o) del precitado artículo, señala que, entre sus funciones y/o atribuciones, la Presidencia Ejecutiva puede otorgar los poderes que considere necesarios, pudiendo además delegar, en concordancia con la normatividad vigente, una o más de sus funciones al/a la Secretario/a General o a otros/as funcionarios/as, excepto la de Presidente/a del Consejo Directivo;
Que, con el propósito de desconcentrar las facultades y agilizar la gestión administrativa de...
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