Resolución nº 28577-2017/DSD de Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías, de 28 de Diciembre de 2017
Fecha de Resolución | 28 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías |
Número de expediente | 726596-2017/DSD |
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DIRECCIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS
RESOLUCIÓN Nº 028577-2017/DSD-INDECOPI
EXPEDIENTE: 726596-2017
SOLICITANTE: ARIS INDUSTRIAL S.A.
Lima, 28 de diciembre de 2017
1. ANTECEDENTES:
Con fecha 03 de noviembre de 2017, ARIS INDUSTRIAL S.A., de Perú, solicita el
registro de marca de producto constituida por la denominación BINOMIO y logotipo (se
reivindica colores), conforme al modelo, para distinguir productos de la Clase 05 de la
Clasificación Internacional.
2. EXAMEN DE REGISTRABILIDAD:
Realizado el examen de registrabilidad del signo solicitado con relación a los
productos que pretende distinguir, y habiendo tenido a la vista la totalidad de
antecedentes fonéticos y figurativos en la clase solicitada, se concluye que cumple con
los requisitos previstos en el artículo 134 de la Decisión 486, Régimen Común sobre
Propiedad Industrial, y no se encuentra comprendido en las prohibiciones señaladas
en los artículos 135 y 136 del dispositivo legal referido.
La presente Resolución se emite en aplicación de las normas legales antes
mencionadas y en uso de las facultades conferidas por los artículos 36, 40 y 41 de la
Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia
y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI sancionada por Decreto
Legislativo Nº 1033, concordante con el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1075.
3. DECISIÓN DE LA DIRECCIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS:
INSCRIBIR en el Registro de Marcas de producto de la Propiedad Industrial, a favor de
ARIS INDUSTRIAL S.A., de Perú, la marca de producto constituida por la
denominación BINOMIO y logotipo (se reivindica colores), conforme al modelo que se
consignará en el certificado correspondiente; para distinguir preparaciones para uso
médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y
sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; emplastos,
material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes;
productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas, de la Clase 05 de la
Clasificación Internacional.
El presente registro queda bajo el amparo de ley por el plazo de diez años, contado a
partir de la fecha de la presente Resolución.
Regístrese y Comuníquese
KARLA UGÁS GÓMEZ
DIRECCIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS
INDECOPI
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