RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 1388 2017-GRC/DIRESA/DG, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO - Otorgan la Certificación de Habilitación a la Sociedad de Beneficencia Pública del Callao para el Cementerio General Baquíjano Callao-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 1388 2017-GRC/DIRESA/DG

Fecha de disposición29 Diciembre 2017
Fecha de publicación31 Enero 2018

Callao, 29 de diciembre de 2017

Vistos, el Informe Nº 146-2017-GRC/DIRESA/DESA/DEPAYSO de fecha 20.DIC.2017, emitido por el Director Ejecutivo de Salud Ambiental y el Expediente Nº 234-2017-SBP –C/GG de la Sociedad de Beneficencia Pública del Callao, identificada con Registro Único de Contribuyente Nº 20165465858, solicita la Certificación de Habilitación del Cementerio General de Baquíjano Callao, del Distrito de Bellavista de la Provincia Constitucional del Callao; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley 26842Ley General de Salud, establece que: La protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26298 – Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, y su Reglamento del Decreto Supremo 03-94-SA – Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, corresponde a la autoridad de Salud otorgar el Certificado de Habilitación para la Construcción, Habilitación, Conservación y Administración de Cementerio y Servicios Funerarios;

Que, el artículo 3 del Decreto Supremo 03-94-SA – Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, establece que para su habilitación, construcción y funcionamiento requieren de a) El Certificado de Habilitación otorgado por el Ministerio de Salud, a través de las Regiones o Subregiones de Salud, según sea el caso, b) La Licencia de Construcción otorgada por la Municipalidad correspondiente y c) La autorización Sanitaria, otorgada por la Autoridad de Salud;

Que, el Decreto Supremo 003-94-SA – Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, dispone en su artículo 4º que la solicitud para la obtención del Certificado de Habilitación deberá consignar la información y la documentación indicada en referido artículo;

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