ORDENANZA, Nº 357, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA - Aprueban el Reglamento de Comisiones de Regidores del Concejo Distrital de La Molina-ORDENANZA-Nº 357
Fecha de disposición | 30 Enero 2018 |
Fecha de publicación | 30 Enero 2018 |
Aprueban el Reglamento de Comisiones de Regidores del Concejo Distrital de La Molina
ORDENANZA N° 357
La Molina, 25 de enero de 2018
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 01-2018 de la Comisión de Asuntos Jurídicos, sobre Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Comisiones de Regidores del Concejo Distrital de La Molina; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, establece en su artículo 194° que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, conforme al artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;
Que, mediante Ordenanza N° 066 de fecha 11 de setiembre del 2003, se aprobó el Reglamento de Comisiones de Regidores del Concejo Distrital de La Molina, modificada por Ordenanza N° 249, el cual resulta necesario actualizar a efecto de garantizar el normal desarrollo de las Sesiones de Comisiones, conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal por mayoría ha emitido la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL
REGLAMENTO DE COMISIONES DE
REGIDORES DEL CONCEJO DISTRITAL
DE LA MOLINA
Encargar a la Secretaría General la publicación del texto íntegro de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, conforme a lo dispuesto por el artículo 44° de la Ley Orgánica de Municipalidades; y a la Gerencia de Tecnologías de Información su publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
REGLAMENTO DE COMISIONES DE REGIDORES
Las Comisiones de Regidores podrán, asimismo, realizar acciones de fiscalización o canalizar las acciones de fiscalización que de manera individual realicen los Regidores para verificar el cumplimiento del Plan de Acción Municipal, así como las metas y objetivos institucionales, previa autorización del Concejo.
En caso de discrepancia, los Regidores...
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