RESOLUCION, Nº 0506-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 04-2017-MDY/HVCA, que rechazó solicitud de vacancia contra regidor del Concejo Distrital de Yauli, provincia y departamento de Huancavelica-RESOLUCION-Nº 0506-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición18 de Enero de 2018

Expediente N° J-2016-01292-A01

YAULI - HUANCAVELICA - HUANCAVELICA

VACANCIA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete.

VISTOS, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación, del 19 de abril de 2017, interpuesto por Pablo Soto Matamoros, Alcides Huarcaya Acuña y Tony Taype Laurente, y el recurso de reconsideración, de fecha 24 de abril del mismo año, formulado por Rosa Paitán Yalli en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 04-2017-MDY/HVCA, del 27 de marzo del presente año, que rechazó la vacancia de Percy Matamoros Condori, regidor del Concejo Distrital de Yauli, provincia y departamento de Huancavelica, por la causal prevista en el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; teniendo a la vista el Expediente N° J-2016-01292-T01, y oídos los informes orales.

ANTECEDENTES

Solicitud de declaratoria de vacancia

Con fecha 2 de setiembre de 2016, Pablo Soto Matamoros, Alcides Huarcaya Acuña y Tony Taype Laurente solicitaron que se declare la vacancia del regidor Percy Matamoros Condori, por la causal prevista en el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), es decir, por el ejercicio indebido de funciones o cargos administrativos o ejecutivos. Esto sobre la base de los siguientes argumentos (fojas 1 a 7 del Expediente N° J-2016-01292-T01):

  1. En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal N° 012-2016/MDY, del 5 de julio de 2016, la mayoría de los regidores declararon la vacancia del alcalde Simión Taipe Sedano, dicha decisión fue notificada mediante la Carta N° 006-2016-CONCEJOMUNICIPAL-SCM/MDY-HVCA/maqc, emitida por el secretario general, exhortándosele la entrega del cargo al regidor Percy Matamoros Condori.

  2. El regidor Percy Matamoros Condori, a sabiendas que la vacancia era impugnable y que el alcalde contaba con quince días hábiles para presentar su recurso de reconsideración o de apelación, firmó una serie de acuerdos de concejo, oficios y memorandos bajo la calidad de alcalde encargado cuando no contaba con dicha atribución.

  3. El alcalde Simión Taipe Sedano, desde el momento en que asumió la alcaldía a la fecha, se encuentra físicamente presente en el municipio, ejerciendo con normalidad las funciones de burgomaestre, no encontrándose impedido y en condiciones óptimas de salud para estar al frente del despacho de alcaldía, no existiendo razón voluntaria o involuntaria que le pueda imposibilitar ejercer el cargo.

    Los solicitantes de la vacancia adjuntan los siguientes documentos:

    1. Copia del acta de la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal N° 012-2016/MDY, del 5 de julio de 2016 (fojas 11 a 18 del Expediente N° J-2016-01292-T01).

    2. Copia de la Carta N° 006-2016-CONCEJOMUNICIPAL-SCM/MDY-HVCA/maqc, del 5 de julio de 2016 (fojas 19 del Expediente N° J-2016-01292-T01).

    3. Copia del Oficio N° 001-2016-SG/MDY-HVCA, del 15 de julio de 2016 (fojas 20 y 21 del Expediente N° J-2016-01292-T01).

    4. Copia del recurso de apelación interpuesto por el alcalde Simión Taipe Sedano en contra del acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal N° 012-2016/MDY (fojas 23 a 30 del Expediente N° J-2016-01292-T01).

    5. Copia del Acuerdo de Concejo Municipal N° 048-2016/MDY, del 5 de julio de 2016, el cual es suscrito por el regidor Percy Matamoros Condori bajo el título de alcalde (e) (fojas 31 del Expediente N° J-2016-01292-T01).

    6. Copia del Oficio N° 0320-2016-ALC/MDY-HVCA, del 7 de julio de 2016, el cual es suscrito por el regidor Percy Matamoros Condori bajo el título de alcalde (e) (fojas 32 del Expediente N° J-2016-01292-T01).

    7. Copia del Oficio N° 07-2016-SG/MDY-HVCA/magc, recibido por el Jurado Nacional de Elecciones el 8 de julio de 2016, encontrándose suscrito por el regidor Percy Matamoros Condori bajo el título de alcalde (e) (fojas 33 del Expediente N° J-2016-01292-T01).

    La solicitud de vacancia fue trasladada a la Municipalidad Distrital de Yauli a través del Auto N° 1, del 19 de octubre de 2016 (fojas 42 a 44 del Expediente N° J-2016-01292-T01), notificado el 29 de noviembre del mismo año (fojas 57 del Expediente N° J-2016-01292-T01).

    Adhesiones a la solicitud de vacancia

    Por escritos, del 28 de diciembre de 2016, Edwin Sedano Quispe (fojas 181 y 182) y Rosa Paitán Yalli (fojas 185 a 188) solicitaron a la Municipalidad Distrital de Yauli que se les adhiera a la solicitud de vacancia presentada en contra del regidor Percy Matamoros Condori.

    Solicitud de nulidad del contenido del Auto N° 1

    Por escrito, del 25 de enero de 2017 (fojas 158 a 169 del Expediente N° J-2016-01292-T01), complementado el 26 de enero del presente año (fojas 308 y 309 del Expediente N° J-2016-01292-T01), el regidor Percy Matamoros Condori solicita la nulidad del Auto N° 1, mediante el cual se trasladó al Concejo Distrital de Yauli la solicitud de vacancia formulada en su contra.

    Descargos de la autoridad cuestionada

    Mediante escrito, del 21 de marzo de 2017, el regidor Percy Matamoros Condori formula sus descargos contra la solicitud de vacancia bajo los siguientes argumentos (fojas 74 a 78):

  4. Es verdad que firmó el Acuerdo de Concejo Municipal N° 048-2016/MDY y los Oficios N° 0320-2016-ALC/MDY-HVCA y N° 07-2016-SG/MDY-HVCA/magc, utilizando su posfirma que dice: Percy Matamoros Condori Alcalde (e) (alcalde encargado); siendo que en ningún momento firmó como alcalde titular.

  5. Firmó dichos documentos en cumplimiento del Acuerdo de Concejo Municipal N° 048-2016/MDY, donde se acordó “que el regidor Percy Matamoros Condori debe asumir la encargatura del despacho de alcaldía hasta el tiempo que dure la vacancia del señor Simión Taipe Sedano como alcalde de la Municipalidad Distrital de Yauli, ello se realizará a partir de la fecha una vez aprobada la presente acta de sesión”.

  6. Fue inducido a error material para firmar con su posfirma que dice “Percy Matamoros Condori Alcalde (e) (alcalde encargado), para lo cual adjunta la Declaración Jurada ante el notario público y Declaración Testimonial ante la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancavelica, de Marco Antonio Quispe Cusi, ex secretario general de la Municipalidad Distrital de Yauli”.

  7. Los documentos que suscribió no han causado daño alguno a la administración municipal, ya que no se ha ordenado (memorándums) algún trámite administrativo de pago o designado personal (resolución de alcaldía) y mucho menos ha alquilado un bien de la Municipalidad Distrital de Yauli, por tanto, no es un acto que constituya una función de naturaleza administrativa o ejecutiva; y que dicho acto haya anulado o afectado su deber de fiscalización.

  8. El 24 de agosto de 2016, el concejo municipal rechazó la vacancia presentada contra su persona, quedando firme; sin embargo, Tony Taype Laurente, sorprendiendo al Jurado Nacional de Elecciones, vuelve a presentar un nuevo pedido de vacancia en su contra, por los mismos hechos, fundamento y sujeto, configurándose el ne bis in idem.

    Pronunciamiento del Concejo Distrital de Yauli

    En la sesión extraordinaria, del 21 de marzo de 2017 (fojas 62 a 72), los miembros del concejo distrital, por ocho (8) votos en contra y ninguno a favor, rechazaron la solicitud de vacancia por la causal establecida en el artículo 11 de la LOM. Dicha decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo Municipal N° 04-2017-MDY/HVCA (fojas 60 y 61).

    Recurso de apelación

    Por escrito, del 19 de abril de 2017, Pablo Soto Matamoros, Alcides Huarcaya Acuña y Tony Taype Laurente interponen recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 04-2017-MDY/HVCA, que rechazó su solicitud de vacancia, sobre la base de similares hechos contenidos en dicha solicitud (fojas 9 a 19).

    Además, el recurso agrega los siguientes argumentos:

  9. El regidor cuestionado ejerció de manera irregular funciones administrativas ajenas a sus labores normativas y de fiscalización, atribuyéndose cargos que no eran de su competencia, básicamente el dictar el Acuerdo de Concejo Municipal N° 048-2016/MDY, de fecha 5 de julio de 2016, con el cual se aprueba la vacancia del alcalde Simión Taipe Sedano.

  10. El regidor cuestionado ejecutó la decisión adoptada en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal N° 012-2016/MDY, al haberlo formalizado por Acuerdo de Concejo Municipal N° 048-2016/MDY, ya que esta función administrativa corresponde exclusivamente al alcalde titular de la Municipalidad Distrital de Yauli.

  11. El mencionado acuerdo fue publicado en los carteles de la municipalidad como se puede ver de las fotografías que se anexan, razón por la cual, en los días subsiguientes, el regidor Percy Matamoros Condori continuó suscribiendo documentos estrictamente administrativos.

  12. El burgomaestre titular, Simión Taipe Sedano, en las fechas de los hechos, se encontraba físicamente presente en el despacho de alcaldía, por lo que no estaba impedido de ejercer sus funciones de manera temporal ya sea por razones voluntarias o involuntarias. En esa medida, estaba garantizado el normal desarrollo de las actividades municipales.

  13. La usurpación de funciones, aparentemente incurridas por parte del regidor cuestionado, se trataría de un hecho debidamente planificado en vista de que la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal N° 012-2016/MDY, realizada el 5 de julio de 2016, se dio inicio a horas 10:00 a.m. y culminó a horas 12:50 p.m. del mismo día, y en forma inmediata emiten el Acuerdo de Concejo Municipal N° 048-2016/MDY, con la misma fecha, utilizando ya su sello de posfirma de alcalde, lo cual es reconocido por su propio letrado defensor.

  14. El regidor cuestionado en su desesperación pretende justificar el acto de usurpación de cargo presentando una declaración jurada de favor, hecha por el ex secretario general de la Municipalidad, en el sentido de que fue quien le indujo a cometer el error, pretendiendo de esta...

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