RESOLUCION, Nº 0552-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran fundado recurso de apelación, revocan acuerdo y reformándolo, declaran infundada solicitud de vacancia de regidora del Concejo Distrital de La Pampa, provincia de Corongo, departamento de Áncash-RESOLUCION-Nº 0552-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición17 de Enero de 2018

Expediente N° J-2017-00378-A01

LA PAMPA - CORONGO - ÁNCASH

VACANCIA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veinte de diciembre de dos mil diecisiete.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Rosa Acosta Rosales de Villalva en contra del acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N° 13-2017, del 11 de setiembre de 2017, que aprobó su vacancia en el cargo de regidora del Concejo Distrital de La Pampa, provincia de Corongo, departamento Áncash, por la causal de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente de Acreditación N° J-2017-00378-C01.

ANTECEDENTES

La solicitud de vacancia

El 21 de julio de 2017, Norma Silvia López Lorenzo solicitó la vacancia de Rosa Acosta Rosales de Villalva, regidora del Concejo Distrital de La Pampa, provincia de Corongo, departamento Áncash (fojas 41 a 44 del Expediente de Acreditación N° J-2017-00378-C01), por la causal de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Al respecto, indicó que:

  1. El 7 de julio de 2017, la regidora cuestionada irrumpió en el Taller de Presupuesto Participativo 2018 cuando se iban a sustentar las diversas propuestas, señalando que dicha reunión no podía realizarse porque no había sido aprobada por acuerdo del concejo municipal. Así, invocando su calidad de regidora, suspendió el citado taller.

  2. Cuando se le encargó el despacho de alcaldía, la autoridad cuestionada emitió un memorando de llamado de atención dirigido al regidor Evelio Sevillano Ponte, sin tener en cuenta que solo se le había otorgado facultades de representación, por lo que habría cometido delito de abuso de autoridad.

  3. Asimismo, la autoridad cuestionada agredió en diversas ocasiones al secretario de Seguridad Ciudadana de la municipalidad.

    El 22 de agosto de 2017, Amada Margarita Caldas Cañari solicitó su adhesión al procedimiento de vacancia (fojas 25 a 27 del Expediente de Acreditación N° J-2017-00378-C01), el cual fue aceptado por el concejo municipal en la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N° 12-2017, del 5 de setiembre del año en curso (fojas 13 y 14 del Expediente de Acreditación N° J-2017-00378-C01).

    Descargos de la regidora cuestionada

    El 7 de agosto de 2017, la regidora Rosa Acosta Rosales de Villalva presentó sus descargos (fojas 29 a 35 del Expediente de Acreditación N° J-2017-00378-C01), indicando que:

  4. Si bien acudió a la reunión del Taller de Presupuesto Participativo 2018, no suspendió dicho evento, por lo que no realizó labores de gestión.

  5. No es cierto que haya emitido un memorando...

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