RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 4850-2017-MTC/15, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Autorizan a REVIFACIL S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular tipo fijo, para operar línea de inspección técnica vehicular en el departamento de Piura-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 4850-2017-MTC/15

Fecha de publicación14 Enero 2018
Fecha de disposición24 Octubre 2017

Lima, 24 de octubre de 2017

VISTOS:

La solicitud registrada mediante la Hoja de Ruta Nº E-229316-2017, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentados por la empresa REVIFACIL S.A.C., a través de los cuales, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular tipo fijo en el departamento de Piura y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado que tiene competencia exclusiva para normar y gestionar el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en el ámbito nacional (...)”;

Que, el artículo 4 de la ley señalada establece lo siguiente: “Las inspecciones técnicas vehiculares están a cargo de los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV), previamente autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Estas autorizaciones se otorgan sin carácter exclusivo, sobre la base de la situación del mercado automotriz...

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