SEPARATA ESPECIAL.Ordenanza Nº 352 y Acuerdo Nº 522.Ordenanza que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2018.SEPARATA ESPECIAL Domingo 31 de diciembre de 2017 AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA ORDENANZA Nº 352 ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN Y DISTRI... -

Fecha de publicación31 Diciembre 2017
Fecha de disposición31 Diciembre 2017

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Año del BUEN SERVICIO AL CIUDADANO

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA

ORDENANZA Nº 352

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 522missing image file

separata especial

Domingo 31 de diciembre de 2017

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 522

Lima, 20 de diciembre de 2017

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 20 de diciembre de 2017, el Oficio Nº 001-090-00008965 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza N° 352, que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2018, en el distrito de La Molina; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad.

Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533, modificada por la Ordenanza N° 1833 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 27 de junio de 2011 y el 19 de diciembre de 2014, respectivamente, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza materia de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Nº 266-181-00000643, opinando que procede la ratificación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533, modificada por la Ordenanza N° 1833, y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional.

Que, los ingresos que la citada Municipalidad Distrital prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, cubren el 99.78% de los costos incurridos en la prestación de los referidos servicios.

De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en el Dictamen Nº 243-2017-MML/CMAEO.

ACORDO:

ARTICULO PRIMERO Ratificar la Ordenanza N° 352, que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2018, en el distrito de La Molina.
ARTÍCULO SEGUNDO El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la Ordenanza ratificada, y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y estimación de ingresos, respectivamente

La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.

ARTICULO TERCERO Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo y el informe del Servicio de ANdministración Tributaria de Lima-SAT.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

LUIS CASTAÑEDA LOSSIO

Alcalde de Lima

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA

ORDENANZA N° 352

La Molina, 06 de noviembre de 2017

EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto N° 22-2017, de la Comisión de Administración, Administración Tributaria, Presupuesto e Informática y la Comisión de Asuntos Jurídicos, sobre Proyecto de Ordenanza que Establece el monto por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2018; y,

De conformidad con lo dispuesto por los numerales 8 y 9 del Artículo 9° y Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por mayoría y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, emitió la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE

ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE LA

DECLARACIÓN JURADA Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES

PARA EL EJERCICIO 2018

ARTÍCULO PRIMERO

FIJAR en S/ 1.91 (Uno con 91/100 soles) el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2018, en la jurisdicción del distrito de La Molina y en S/ 0.27 (Cero con 27/100 soles) por cada predio anexo o adicional; monto que será abonado conjuntamente con el pago al contado del Impuesto Predial o de optar por el pago fraccionado, con la cancelación de la primera cuota.

ARTÍCULO SEGUNDO

APROBAR el Informe Técnico, el Cuadro de estructura de costos y el Cuadro de Estimación de Ingresos por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2018, en la jurisdicción del distrito de La Molina, los mismos que como anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del íntegro de la norma y del Acuerdo de Concejo ratificatorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el Diario Oficial “El Peruano”.

SEGUNDA.- DEJAR sin efecto la Ordenanza N° 348 que estableció el monto por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2018.

TERCERA.- ENCARGAR a la Secretaría General poner de conocimiento mediante Oficio al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, la aprobación de la presente Ordenanza, conforme lo establecido por la Séptima Disposición Final de la Ordenanza Nº 1533 modificada por la Ordenanza Nº 1833 de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

CUARTA.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Determinación y Fiscalización Tributaria, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Tecnologías de Información, el cumplimiento y efectiva difusión de la presente Ordenanza, de acuerdo con sus respectivas competencias y atribuciones.

QUINTA.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza y su anexos, así como del Acuerdo de Concejo ratificatorio de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el Diario Oficial “El Peruano”; y a la Gerencia de tecnologías de Información su publicación en la página web de la Municipalidad de La Molina (www.munimolina.gob.pe) y en el Portal del estado Peruano (www.peru.gob.pe). Del mismo modo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 19º de la Ordenanza Nº 1533-MML, el texto íntegro de la presente Ordenanza se deberá publicar en la página web del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, www.sat.gob.pe.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Alcalde

INFORME TÉCNICO

MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES,

DETERMINACIÓN Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE LA DECLARACIÓN JURADA Y LIQUIDACIÓN

DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2018

  1. ANTECEDENTES

  2. DEFINICIONES

  3. ESTRUCTURA DE COSTOS

    3.1. Costos Directos

    3.1.1. Costos de mano de obra directa

    3.1.2. Otros costos y gastos variables

    3.2. Costos Indirectos

    3.2.1. Costos de mano de obra indirecta

    3.3. Resumen de la Estructura de Costos

    3.4. Variación del Costo Total

  4. DISTRIBUCIÓN Y DETERMINACIÓN DE TASAS

    4.1. Descripción del servicio

    4.2. Contribuyentes y predios

    4.3. Criterio de distribución

    4.4. Metodología de distribución

    4.5. Tasas estimadas

  5. CUADRO DE ESTIMACIÓN DE INGRESOS

  6. CUADRO DE ESTRUCTURA DE COSTOS

  7. ANTECEDENTES

    El servicio de Emisión Mecanizada comprende las actividades relativas a la determinación de los tributos municipales, entre las que podemos mencionar las siguientes: la actualización de datos, el diseño y la selección del contenido de la cuponera, la impresión de las mismas y su distribución a los contribuyentes.

    El costo en el que incurre la Municipalidad para la prestación de este servicio debe ser trasladado al vecino mediante una tasa que refleje adecuadamente el servicio prestado. Dicha tasa corresponde al Derecho de Emisión Mecanizada.

    El presente documento tiene por finalidad sustentar la tasa individual a cobrar por este...

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