ORDENANZA, Nº 010-2017-MDS/A, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN - Establecen la Campaña Predial 2018 y fijan el monto mínimo a pagar por la emisión mecanizada de tributos-ORDENANZA-Nº 010-2017-MDS/A

Fecha de disposición24 Diciembre 2017
Fecha de publicación24 Diciembre 2017
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NORMAS LEGALES
Domingo 24 de diciembre de 2017
El Peruano
/
ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno
desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva
gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus
componentes, asegurando particularmente la salud de las
personas en forma individual y colectiva, la conservación
de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible
de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del
país”;
Que, el artículo 10º numeral 12) del Decreto Legislativo
Nº 1065, que modica la Ley Nº 27314, Ley General de
Residuos Sólidos, establece que el rol de las municipalidades
es implementar progresivamente programas de segregación
en la fuente y recolección selectiva de los residuos
sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando
su reaprovechamiento y asegurando su disposición nal
diferenciada y técnicamente adecuada;
Que, en armonía con el instructivo aprobado mediante
Resolución Directoral Nº 002-2017-EF/50.01, y la Guía de
la Meta 17: “Implementación de un sistema integrado de
manejo de residuos sólidos municipales”, del Programa
de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año
2017, corresponde a la municipalidad aprobar mediante
Decreto de Alcaldía la Implementación de la Segregación
en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos
municipales;
Que, mediante Ordenanza Nº 436-2015- MDR, se
aprueba la “Formalización de Recicladores del distrito
del Rímac, facultando al titular de la entidad disponer
de las medidas complementarias tendientes al mejor
cumplimiento de la presente norma;
Que, se tiene que es competencia de la Gerencia
de Servicios a la Ciudad la ejecución del Programa de
Segregación en la Fuente, por lo cual mediante Informe
Nº 063-2017-GSC-MDR, de fecha 04 de diciembre
del 2017, remite la propuesta del Programa de
Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos Municipales en el distrito del Rímac
2017, a n de dar cumplimiento de la implementación
de la normativa, para su aprobación mediante Decreto
de Alcaldía;
Que, mediante el Informe Nº 600-2017-MDR/GAJ la
Gerencia de Asesoría Jurídica, favorablemente respecto
de aprobar mediante Decreto de Alcaldía el documento
denominado “Programa de Segregación en la Fuente y
Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales
en el distrito del Rímac 2017”;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 20º, inciso 6), y 42º de la Ley Nº
SE DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR, el “PROGRAMA DE
SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCIÓN
SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES
EN EL DISTRITO DEL RÍMAC 2017”, contenido en
el Anexo 1, el mismo que forma parte integrante del
presente Decreto y cuyo texto íntegro será publicado
en el portal institucional de la Municipalidad (www.
munirimac.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano
(www.peru.gob.pe).
Artículo Segundo.- DERÓGUESE, cualquier norma
que se oponga a la presente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Planicación y Presupuesto,
Gerencia de Servicios a la Ciudad, el cumplimiento del
presente Decreto en lo referente a su competencia.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la ocina de
Secretaría General, Gestión Documentaria y Registros
Civiles, la publicación del presente Decreto en el Diario
Ocial El Peruano y a la Subgerencia de Informática, la
publicación del íntegro del presente Decreto y su Anexo,
en el Portal Institucional de la Municipalidad.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
1600131-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN
Establecen la Campaña Predial 2018 y fijan
el monto mínimo a pagar por la emisión
mecanizada de tributos
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 010-2017-MDS/A
Sayán, 14 de diciembre de 2017
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAYÁN
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYÁN
VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 070-2017-MDS-CM,
de fecha 14 de diciembre del 2017, donde se aprueba la
“Ordenanza Municipal que establece la Campaña Predial
2018 y Fija el monto mínimo a pagar por la Emisión
Mecanizada de Tributos”; asimismo el Informe Técnico
Nº 010-2017-GATYR/MDS de fecha 05 de diciembre
del 2017 de la Gerencia de Administración Tributaria y
Rentas, Memorando Nº 455-2017-GM/MDS de fecha
06 de diciembre del 2017 de la Gerencia Municipal; e,
Informe Legal Nº 272-2017-OAJ/MDS recepcionado el 12
de diciembre del 2017 de la Ocina de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, modicado por el artículo
único de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización,
concordante con el artículo II del Título Preliminar de la
Que, de conformidad con el artículo 40º de la Ley
27972 las Ordenanzas de las municipalidades
provinciales y distritales, en la materia de su competencia,
son las normas de carácter general de mayor jerarquía
en la estructura normativa municipal, por medio de las
cuales se aprueba la organización interna, la regulación,
administración y supervisión de los servicios públicos y
las materias en la que la municipalidad tiene competencia
normativa.
Que, el artículo 41º del Código Tributario, establece:
“Excepcionalmente, los gobiernos locales podrán
condonar con carácter general, el interés moratorio y las
sanciones, respecto de los impuestos que administre.
En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación
también podrá alcanzar al tributo”.
Que, el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley
de Tributación Municipal, y sus modicatorias, establece
que el Impuesto Predial es de periodicidad anual y grava
el valor de los predios urbanos y rústicos; en tanto que el
artículo 14º inciso a) señala que los contribuyentes están
obligados a presentar declaración jurada anualmente,
hasta el último día hábil del mes de febrero, salvo que el
Municipio establezca una prórroga.
Que, el artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 776,
y sus modicatorias, faculta a las Municipalidades a
establecer un monto mínimo a pagar por concepto del
impuesto Predial equivalente a 0.6% de la UIT vigente al
01 de enero del año al que corresponde el impuesto.
Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único
establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza
pueden crear. Modicar, suprimir sus contribuciones,
arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro de su
jurisdicción y con los límites que señala la Ley.
Que, en ese sentido, las Municipalidades pueden
establecer benecios y facilidades de pago a sus

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