RESOLUCION, Nº 0517-A-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Sondorillo, provincia de Huancabamba, departamento de Piura-RESOLUCION-Nº 0517-A-2017-JNE
Fecha de disposición | 20 Diciembre 2017 |
Fecha de publicación | 20 Diciembre 2017 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Sondorillo, provincia de Huancabamba, departamento de Piura
Resolución Nº 0517-A-2017-JNE
Expediente Nº J-2017-00340-C01
SONDORILLO - HUANCABAMBA - PIURA
CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO
PROCLAMADO
Lima, veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete
VISTO el escrito, de fecha 15 de noviembre de 2017, mediante el cual Janet Angulo Fuentes, abogada de la Municipalidad Distrital de Sondorillo, provincia de Huancabamba, departamento de Piura, solicita la convocatoria de candidato no proclamado, en virtud del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 033-2017-MDS/CM, de fecha 7 de agosto de 2017, que declaró la vacancia de Carmen Magdalena Mijahuanca Minga, en el cargo de regidora de la citada comuna, por las causales de nepotismo y restricciones de contratación, previstas en el artículo 22, numerales 8 y 9, este último concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ANTECEDENTES
Mediante el escrito del visto (fojas 3), se solicita la convocatoria de candidato no proclamado, al haberse declarado, mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 033-2017-MDS/CM, de fecha 7 de agosto de 2017 (fojas 47 a 49 del expediente Nº J-2017-00340-A01), la vacancia de Carmen Magdalena Mijahuanca Minga, en el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Sondorillo, provincia de Huancabamba, departamento de Piura, por las causales de nepotismo y restricciones de contratación, previstas en el artículo 22, numerales 8 y 9, este último concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).
CONSIDERANDOS
Sobre la labor del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en los procesos de acreditación
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Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor la...
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